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Ordenan al MinSalud nuevo instructivo para evitar negligencias a pacientes renales

La Corte Constitucional dio 2 meses de plazo para emitir una circular con el objetivo de garantizar los derechos de estos pacientes.

La Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Salud que realice una circular a todas las instituciones del país para proteger los derechos de los pacientes renales en Colombia, quienes han padecido varias negligencias de las entidades para acceder a los servicios.

El alto tribunal de igual forma le solicitó a la Superintendencia de Salud que inicie las acciones correspondientes para elaborar y ejecutar la nueva circular ante los inconvenientes que tienen los pacientes renales para acceder a información de sus tratamientos, cuidados y autorizaciones médicas ante la enfermedad.

La Sala encuentra, en efecto, que ni las Guías de Práctica Clínica para la prevención, diagnóstico y tratamiento de pacientes de Enfermedad Renal Crónica ni el Modelo de Prevención, ni tampoco los documentos sobre indicadores mencionados por el Ministerio de Salud satisfacen el derecho de quienes padecen esta enfermedad a contar con información adecuada y suficiente que, de una forma sencilla y comprensible, los instruya sobre sus derechos y las obligaciones correlativas que surgen para los integrantes del SGSSS en ese sentido”, señala la sentencia.

La Corte Constitucional encontró que estas deficiencias en el sistema de salud para los pacientes renales en el país, vulneran derechos fundamentales de quienes requieren una especial atención por la “lucha que emprenden para sobrevivir”.

Tales obligaciones, relacionadas con la necesidad de evitar que los pacientes se vean expuestos a dilaciones injustificadas en la prestación de los servicios de salud, a garantizar que obtengan la autorización integral de los medicamentos, insumos y procedimientos prescritos por sus médicos tratantes y a asegurar la continuidad de su tratamiento, que no puede verse interrumpido por razones de índole económica o administrativa, han sido, según se ha visto, sistemáticamente desconocidas”, advierte la Corte Constitucional.

El alto tribunal tomó esta decisión al conocer las restricciones que tuvieron varios pacientes con enfermedad renal crónica para conocer, acceder y recibir los tratamientos para enfrentar su padecimiento.

Pese a los derechos de petición instaurados, las EPS no daban respuesta a sus requerimientos y autorizaciones médicas necesarias para los cuidados que padecen esta enfermedad.