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Gobierno endurece las sanciones para prestadores de energía

Foto referencial de Ingimage


Mediante el decreto 281 del 2017, el Gobierno expandió el tope de multas que la Superintendencia de Servicios Públicos podrá imponer a los prestadores de energía del país.


La norma, firmada por el director de Planeación Nacional, Simón Gaviria, modula al alza estas sanciones que alcanzarán hasta los $70 mil millones.


Esto equivale a 100 mil salarios mínimos legales vigentes y se impondrá dependiendo de la infracción que se cometa.


El decreto incluye 3 categorías en las cuales se circunscriben las multas que serán impuestas.


En primera medida, las empresas podrán ser multadas si incumplen con responder las quejas o reclamos de los usuarios. En este caso, la sanción será hasta de 100 salarios mínimos.


El segundo tipo de sanciones son por violar el régimen jurídico, aunque no incluye la no prestación de los servicios, y cuya multa puede ir hasta los 50 mil salarios mínimos ($35.000 millones).


Pero en el tercer grupo están las fallas protuberantes que se presenten al servicio que estas empresas prestan a los usuarios; allí si la multa podría ascender hasta los $73.771 millones.


También reglamenta las causales de agravación de las sanciones, que pueden ser la reincidencia de la conducta y la presencia de antedecentes de estas irregularidades.


Se aclara además que "la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios motivará y justificará, en cada caso, el cálculo del monto de la multa conforme a los criterios establecidos en el presente decreto, ateniendo a los principios de proporcionalidad y razonabilidad, especialmente cuando se aparte de decisiones previas sobre casos similares".


El endurecimiento de las sanciones se da en momentos en que la SuperServicios ultima un proceso de intervención a la distribuidora de energía, Electricaribe, cuyos resultados dará a conocer en próximos días.