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Concentración entre Hobo y Gigante en el Huila
Comunidades indígenas realizarán concentración entre Hobo y Gigante en el Huila
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Desde hace dos años esta pendiente el cumplimiento del fallo de tutela que ordenó la consulta previa a la comunidad indígena Mokaná de Malambo (Atlántico) en el desarrollo del proyecto vial Cartagena-Barranquilla y Circunvalar de la Prosperidad.

Según la orden emitida por la Corte Constitucional en septiembre de 2019, la convocatoria de la comunidad indígena debía estar a cargo de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y la Concesión Costera Cartagena Barranquilla S.A.S. bajo la dirección del Ministerio del Interior.

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El cumplimiento del fallo ha tenido varios tropiezos. El primero fue la falta de notificación de la sentencia por parte de un juzgado Único Penal del Circuito Especializado de Barranquilla.

El juzgado informó sobre el fallo hasta el 19 de marzo de 2021, después de que la Corte emitiera una decisión en la que le recordó hacer la notificación y pidió al entonces Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico iniciar investigaciones.

Tres días después de la notificación, la Corte Constitucional recibió una petición de aclaración a la sentencia por parte de la ANLA.

La entidad le dijo a la Corte que no era la competente para convocar a la comunidad indígena, por lo cual necesitaba claridad sobre el fallo.

“La providencia le impuso a esa entidad, competencias que no tiene y para las cuales no está facultada (…) a la ANLA le es legal y constitucionalmente imposible coordinar los procesos de consulta previa”, se lee en una decisión de la Corte sobe la petición.

Sin embargo, en la más reciente decisión sobre el tema, la Corte decidió no aclarar su sentencia porque la Anla en su petición, no precisó cuáles eran las dudas o incongruencias frente al fallo.

“Los argumentos que empleó la solicitante en esta oportunidad no revelan ninguna duda que se desprenda o afecte la parte resolutiva de la Sentencia”, señaló la Corte.

En ese sentido, las ordenes dadas en la tutela siguen en firmes y le corresponde a las autoridades mencionadas,  convocar a una consulta previa a la comunidad indígena frente al proyecto vial.

Cuando la comunidad interpuso la tutela,  afirmó que le habían afectado su derecho a la consulta previa al haber desarrollado el proyecto vial Cartagena-Barranquilla y Circunvalar de la Prosperidad, sin su participación.

“El inicio del proyecto vial Cartagena-Barranquilla y Circunvalar de la Prosperidad, sin llevar a cabo la consulta previa, (a) perturbó sus estructuras sociales, espirituales, culturales y ocupacionales; (b) impactó las fuentes de sustento de la minoría étnica; y (c) dificultó el desarrollo de los oficios de los que, principalmente, deriva su sustento, en sus fases de preconstrucción y construcción”, se lee en uno de los apartes de esa sentencia de tutela. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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