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Abogado de Manuel Vicente Duque recusó a jueza que lleva caso de suspendido alcalde de Cartagena

Foto: RCN Radio



María Patricia Dueñas Soto, Jueza Tercero Penal del Circuito de Cartagena con Funciones de Conocimiento, será la encargada de resolver el recurso de apelación presentado por el abogado Juan Carlos Cabarcas quien busca revocar la medida de aseguramiento en centro carcelario que en este momento tiene el suspendido alcalde Manuel Vicente Duque.

Esta jueza fue recusada por el abogado Cabarcas, quien argumenta que la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura adelanta una investigación en contra de ella tras una denuncia penal y disciplinaria instaurada por él en el año 2015.

Según Juan Carlos Cabarcas, este hecho no le permitirá tener a la jueza María Patricia Dueñas, ‘la tranquilidad de espíritu y la imperturbabibilidad de ánimo y conciencia’ para tomar una decisión en la que se ‘está jugando el derecho a la libertad’ de su defendido.

La denuncia presentada por el abogado Juan Carlos Cabarcas en contra de María Patricia Dueñas se remonta al año 2015 cuando oficiaba como Jueza Segundo de Control de Garantías de Cartagena. Según el profesional del Derecho en ese tiempo a la jueza “le correspondió atender el caso de un alcalde quien estando bajo medida de detención domiciliaria cometió un nuevo delito. En mi entender no se le podía volver a conceder la detención domiciliaria y esa fue la decisión de la Dra María Patricia. Por ese hecho la denuncié penal y disciplinariamente. Por este tema cursa una investigación disciplinaria donde la Dra. María Patricia ha rendido descargos en dos oportunidades”.

Agregó que “de tal manera que el evento que trae la ley de que el defensor, el interviniente sea denunciante de la funcionaria y que la investigación esté abierta, esté en curso, sin duda perturba la tranquilidad de espíritu de la persona que va a resolver, por eso es la filosofía de la norma, para que las decisiones de los funcionarios no se vean empañadas con situaciones que puedan pertubar la imparcialidad y la transparencia de las determinaciones tomadas”.

Finalmente el abogado Juan Carlos Cabarcas, precisó que “la ley contempla que cuando un interviniente en un proceso penal es denunciante del funcionario que debe resolver el caso, eso está previsto en el ordenamiento jurídico como una causal de impedimento. Esto genera que el funcionario tenga que separarse del caso”.