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Consejo de Estado deja en firme la elección del rector de la Universidad de Sucre

El Consejo de Estado revocó la sentencia del 30 de noviembre de 2016, en la que el Tribunal Administrativo de Sucre anuló la elección del rector de la Universidad de Sucre, Vicente Periñán Petro, por un presunto conflicto de intereses.

El Consejo de Estado revocó la sentencia del 30 de noviembre de 2016, en la que el Tribunal Administrativo de Sucre anuló la elección del rector de la Universidad de Sucre, Vicente Periñán Petro, por un presunto conflicto de intereses.

La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta resolvió la apelación sobre la decisión del tribunal de Sucre que admitió las pretensiones de la demanda de nulidad de la elección del rector para el período 2016-2019 en la Universidad de Sucre.

El 20 de mayo de 2016 Raúl Vergara Alviz, Procurador 44 Judicial II Administrativo presentó demanda en ejercicio del medio de control de nulidad electoral, en contra del acto de elección o designación Vicente de Paúl Periñan Petro como Rector de la Universidad de Sucre, al tiempo que solicitó la suspensión provisional del acto demandado.

En el argumento de la demanda se destaca que “… si el acto de elección de VICENTE PERIÑAN PETRO, como Rector de la Universidad de Sucre, para el periodo 2016-2019, se encuentra viciado de nulidad, teniendo en cuenta que el Consejo Académico de la Universidad de Sucre, para la selección de los aspirantes habilitados para participar en la designación de rector estuvo conformado por los señores: Iván Núñez Orozco, Antonio Herrera Succar, Maria Lucy Hernández Chadid, Harold Gándara Molino, Rubén Jaramillo Lanchero, Angie Muñoz Solano y los cuatro primero miembros del Consejo, es decir, los señores Iván Núñez Orozco, Antonio Herrera Succar, María Lucy Hernández Chadid y Harold Gándara Molino, fueron nombrados y posesionados por el señor Rector Vicente de Paúl Periñán Petro o con su intervención”

Pero en la decisión el alto tribunal consideró que  “la decisión del consejo académico se limita a la verificación del cumplimiento de las calidades y requisitos exigidos en el artículo 18 del Acuerdo 028 de 1994 y en la convocatoria, mediante la cual determina si cumplen o no cumplen con la totalidad de las exigencias previstas en esta, de conformidad con los requisitos fijados en el artículo 5 del Acuerdo No. 06 de 2016.Por cuanto no se encuentra dentro de las facultades del consejo académico ni postular ni votar candidatos para la elección de rector, competencia que corresponde exclusivamente al consejo superior de la universidad”.

En consecuencia, la elección de Vicente Periñán Petro como rector de la Universidad de Sucre para el período 2016-2019 quedó en firme.