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Contencioso Administrativo del Tolima modificó pregunta de la consulta en Cajamarca

César Augusto Bocanegra, delegado de la Registraduría en el Tolima (Foto: RCN Radio)

El Tribunal Administrativo del Tolima declaró inconstitucional parte de la pregunta que sería puesta a consideración de los electores en la consulta popular minera del municipio de Cajamarca.

La providencia del tribunal departamental acogió de esta manera el fallo de tutela emitido el 15 de diciembre por la Sección Quinta del Consejo de Estado en el que se ordenó la modificación de la pregunta tras considerar que el texto inicialmente avalado por el contencioso administrativo vulneró el derecho al debido proceso de la multinacional Anglogold Ashanti.

En el reciente pronunciamiento, los magistrados precisan que el interrogante propuesto por la organización social "Corporación Cajamarca Despensa Hídrica y Agrícola" no resulta neutral e induciría la respuesta del elector.

En ese orden de ideas y dentro de su competencia, el Tibunal resulve declarar no constitucional el apartado de la pregunta que reza: "...que implique contaminación del suelo, pérdida o contaminación de las aguas o afectación de la vocación agropecuaria y turística del municipio" y precisa que por lo tanto la pregunta que puede ser sometida al escrutinio público en el marco de la activación del mecanismo de participación popular es "Está usted de acuerdo si o no que en el municipio de Cajamarca se ejecuten proyectos y actividades mineras".

Al mismo tiempo, el fallo de revisión previa de constitucionalidad dispone emitir las comunicaciones del caso al Alcalde del municipio de Cajamarca, el presidente del Concejo de esa población y el Registrador Municipal del Estado Civil.

Cabe recordar que la sección Cuarta del Consejo de Estado también había emitido una decisión similar frente a la consulta antiminera promovida por el municipio de Ibagué, sentencia que fue objeto de apelación por parte del alcalde Guillermo Alfonso Jaramillo quien consideró hubo extralimitaciones del alto tribunal al querer decidir sobre la constitucionalidad de la pregunta sin ser competente y al atreverse a sugerir cuál debería ser el texto correcto, tarea que corresponde por ley al mandatario local y su junta directiva.