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Nuevas advertencias hace la Procuraduría General de la Nación al contrato de las basuras en Bucaramanga

Una serie de solicitudes y advertencias le hizo la Procuraduría General de la Nación a la administración de Bucaramanga referente al proceso de contratación directa de plantas de manejo de los residuos sólidos de la capital de Santander y su Área Metropolitana que adelanta la Empresa de Aseo municipal.



Una serie de solicitudes y advertencias le hizo la Procuraduría General de la Nación a la administración de Bucaramanga referente al proceso de contratación directa de plantas de manejo de los residuos sólidos de la capital de Santander y su Área Metropolitana que adelanta la Empresa de Aseo municipal.

El ente de control mediante en días previos recibió respuestas de parte de la Administración de Bucaramanga sobre las inquietudes presentadas por parte de la Procuraduría y el Gobierno Nacional y luego de revisarlas no resultaron satisfactorias ni sustentadas.

En los siguientes puntos la Procuraduría General de la Nación hace las advertencias:


1.    No se conocen estudios previos, análisis del sector y soporte técnico que puedan justificar ambiental, técnica, jurídica y financieramente la contratación directa que se pretende celebrar por parte de la EMAB.


No obstante su presentación como solución innovadora y de nuevas tecnologías, para la contratación de estas plantas, no se encuentra alineada con una política pública local de gestión de residuos sólidos, o en su defecto en el PGIRS, ni soportada en enfoques técnicos e integrales como el de economía circular.


2.    Para la Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública resulta sorprendente que se pretenda contratar el tratamiento de residuos sólidos mediante plantas sin la construcción previa de escenarios de proyección que conlleven, por ejemplo, a desarrollos piloto, escalables y autofinanciables por parte de la Empresa de Aseo de Bucaramanga.


A juicio del Ministerio Público, la Alcaldía de Bucaramanga y la EMAB con este proceso de contratación directa descartan sin consideración la opción de convertirse en gestores directos de soluciones modernas y ambientales para la disposición final de residuos, que incluya la posibilidad de seleccionar, adquirir y hacer procesos de transferencia organizacional de tecnologías validadas, perdiendo tal vez la oportunidad de generar rentabilidades para el patrimonio público.


3.    En cuanto a los aspectos contractuales, luego de haber declarado desierta la invitación pública, corresponde a las entidades iniciar un nuevo proceso de contratación que agote los requisitos establecidos en la ley y garantice la libre competencia de los interesados.


De igual manera, el Delegado para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, Leandro Ramos, advierte que “al tratarse de un proceso de contratación que involucra la prestación de un servicio público, se debe tener en cuenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, de acuerdo con el parágrafo del artículo 3º de la Ley 689 de 2001 que dice: <<los contratos que celebren los entes territoriales con las empresas de servicios públicos (…)>>”.


4.    Con respecto a los aspectos financieros, las procuradurías delegadas a cargo de este proceso de vigilancia preventiva desconocen la conveniencia económica que representa esta contratación para los usuarios del servicio de aseo, el gobierno local y la EMAB.


5.    Por otra parte, no están claras, expresas y sólidamente establecidas las salvaguardas del patrimonio público, ante un desequilibrio económico del contrato, pues el Estado, en cabeza del municipio, es el llamado a responder patrimonialmente.


6.    Igualmente, la EMAB parece eximirse de la responsabilidad de la supervisión cuando expresa en el pliego de condiciones que “no tendrá injerencia por el éxito técnico, financiero, ambiental y operativo del proyecto”, y que “es del alcance exclusivo del contratista y su responsabilidad ante la EMAB”.


7.    El Ministerio Público también advierte que el proceso no contempla la posibilidad de negación de otorgamiento de licencias ambientales y no prevé planes de contingencia ante probables daños o mantenimientos de las "plantas", o por disminución o aumento en las toneladas de residuos sólidos que se disponen diariamente.


Teniendo en cuenta todas estas advertencias la Procuraduría General de la Nación convoca nuevamente a la Alcaldía de Bucaramanga y a la Empresa de Aseo municipal revisar las consideraciones presentadas por el ente de control, y a tomar decisiones con apego a la ley, la previa evaluación de las salvaguardas del interés público y el logro de fines en la prestación de servicios de tratamiento de residuos sólidos en el contexto actual.