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Sancionan interventoría de la obra Neiva-Baraya –Palermo en el Huila

Con una sanción económica que asciende a 104 millones de pesos fue sancionada la firma interventora de la obra de las vías Neiva-Baraya y Neiva-Palermo, luego que se comprobara que incumplió en el seguimiento y entrega oportuna de informes sobre el avance de obra.

Los huilenses reclaman por su mal estado de las vías. Foto RCN Radio



Con una sanción económica que asciende a 104 millones de pesos fue sancionada la firma interventora de la obra de las vías Neiva-Baraya y Neiva-Palermo, luego que se comprobara que incumplió en el seguimiento y entrega oportuna de informes sobre el avance de obra.

Se trata de la Cooperativa Profesionales de Colombia “Creer en lo Nuestro”, entidad que fue sancionada por la Gobernación del Huila, mediante Resolución 01 de 2017,  por los incumplimientos evidentes por parte del Consorcio Viascol, firma contratista de la obra de intervención vial.

El director del Departamento Administrativo Jurídico, confirmó que luego de los descargos y las pruebas aportadas por la interventoría, se evidenciaron las fallas y omisiones, por lo que se impuso la sanción equivalente a 10 por ciento del contrato de la interventoría, que asciende a los 1.046 millones de pesos.

Incumplimientos

De acuerdo con la Resolución sancionatoria, en total son nueve hechos que evidencian los incumplimientos de la interventoría, entre otros:


  • “El interventor del contrato no ha presentado Oportunamente los informes, actas y demás documentos mensuales sobre: el avance de las actividades programadas, registros fotográficos, bitácora, resultados de los ensayos de materiales y demás pruebas realizadas”.


Además hace falta el resumen de las actividades realizadas en el periodo, relación del personal empleado en la ejecución de la obra objeto de la interventoría. Informe de seguridad industrial, manejo ambiental así como de manejo e inversión del anticipo y su rendimiento con los respectivos soportes, actualización del programa de ejecución de consultoría, acreditación de pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral.

  • Los informes extemporáneos, motivo de devolución no soportaban los ensayos de control de calidad de los concretos para estructuras y drenajes, que nos permitirían como Entidad ejecutora establecer el control de calidad de la obra.

  • La interventoría no conceptualizó, no elaboró, ni presentó a consideración para su aprobación, del Secretario de Vías e infraestructura y/o al ordenador del gasto, antes de ser ejecutadas las modificaciones del proyecto de inversión de diseños y/o a la especificaciones, señalando las razones técnicas, para que la Entidad a su vez, pudiese realizar los ajustes ante la OCAD, dentro de los términos establecidos en el contrato y en el Acuerdo 037 de 2016, emitida por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías.

  • La interventoría no requirió al Contratista de obra, ni informó a la Supervisión oportunamente y por escrito, una vez evidenciado que los trabajos no marchaban de acuerdo con el programa de trabajo e inversiones, demostrando que los avances de las metas físicas sean inferiores a lo programado.

  • La interventoría no evaluó, ni motivó la justificación de los hechos de fuerza mayor y caso fortuito, que han generado el atraso en la ejecución de la obra, ni suscribir el acta de suspensión, una vez se produjeron los mismos que motivaban dicha actuación, dentro los términos contractuales.