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Servicio público debe pagar por poner música en sus vehículos: Sayco y Acinpro

Foto: RCN Radio Manizales


La Organización Sayco y Acinpro aclaró que todas las empresas de transporte de servicio de pasajeros, tanto inter-municipal, como urbanas, deben pagar por la difusión de música en sus vehículos y que tienen dos meses para reglamentar la media antes de comenzar los operativos y sanciones.

La delegada de la entidad en Caldas, Claudia Ochoa Cárdenas explicó que la ley existe desde 1982, pero apenas se comenzó a reglamentar en las empresas de transporte público; las tarifas por mes van se establecieron desde los 32 mil pesos, hasta los 42 mil pesos.

"Desde el 2014 estamos hablando con las empresas de transporte para que legalicen el uso de la música en sus vehículos; la idea no es que los empresarios le dejen la inquietud al conductor, sino que los invitamos para que sean ellos quienes se acerquen a nuestras oficinas porque es más ágil tomarlos por empresa, no individual", explicó la delegada.

Agregó que la ley que ampara el cobro es la 23 de 1982 "en su articulo 159 dice que todo establecimiento abierto al público que ejecute música públicamente, debe pagar derechos de autor por el uso de esas obras, pero la organización a partir del 2014, lo comenzó a aplicar basados en el párrafo que dice también: donde quiera que se interpreten o ejecuten obras musicales", enfatizó Ochoa Cárdenas.

Los transportadores cuestionaron el hecho, argumentando que si un medio de comunicación pagó el impuesto de Sayco y Acinpro para que el oyente (que puede ser conductor de taxi o bus) disfrute de la música, por qué se le hace un nuevo cobro?, a lo que la delegada contestó: "Todas las emisoras pagan para transmitir, lo que el conductor paga es por difundir la música dentro del vehículo que está abierto al publico". 

Explicó que serán flexibles en la medida durante dos meses mientras las empresas se legalizan, luego vendrán las sanciones "para identificar que un conductor cumple con la ley, se le colocará al carro una calcomanía, de no tenerla se entiende que no puede hacer uso de la radio o pasa cintas"

La medida la deben cumplir todas las empresas de transporte de servicio de pasajeros en el país; para el caso de Caldas, son 43 empresas en los recorridos municipales y nivel departamental.