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Tribunal Administrativo de Caldas, niega demanda en contra de gobernación por vigencias futuras

Foto: RCN Radio

El Tribunal Administrativo de Caldas, negó la pretensión de nulidad de la Ordenanza N° 779 del primero (1°) de Marzo de 2016 de la Asamblea de Caldas, que le autorizó al Gobernador Guido Echeverri vigencias futuras.

La demanda en contra del departamento y de la Asamblea de Caldas, había sido presentada por el Abogado Miguel Antonio Cuesta Monroy, alegando que para la fecha no había un plan de desarrollo por ejecutar y que en consecuencia no se podía aprobar vigencias futuras. El Tribunal Administrativo de Caldas, con ponencia del Magistrado Augusto Morales Valencia, falló que no hubo irregularidades.

"El acto administrativo controvertido conservará la presunción de legalidad con respecto a los motivos materia del proceso", explicó el Tribunal Administrativo de Caldas.

El demandante, abogado Miguel Antonio Cuesta Monroy, entre sus argumentos dijo que "Al autorizar al Gobernador de Caldas, compromisos y obligaciones que afectan las vigencias futuras  de los años, 2017, 2018 y 2019, para ser utilizados en el 2016, fue en contravía de lo dispuesto en el artículo 12 de la ley 819, ya que los proyectos objetos de vigencias futuras, no están incluidos en el Plan de Desarrollo Departamental".

Así mismo  alegó el abogado Miguel Antonio Cuesta Monroy, el mismo que demandó la elección de Guido Echeverry Piedrahita, que la ordenanza aprobada contiene siete proyectos que no pertenecen al plan de desarrollo departamental, el cual debe regir pero a partir del 2016, por lo que la Asamblea de Caldas, no podía autorizar esos proyectos por no estar contemplados en el plan de desarrollo.

Sin embargo, El Tribunal Administrativo de Caldas, concluyó que no hubo vulneración al artículo 12 de la Ley 819 del 2003, por no encontrarse probados los vicios alegados por el demandante y que en consecuencia no fue demostrado que se haya configurado causal alguna de nulidad del acto administrativo debatido.