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Adopción debería ser opción ante negativa para tratamientos de fertilización: Corte Suprema

Foto referencial de Ingimage


La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia advirtió que los colombianos deberían tener como opción principal acudir a un proceso de adopción cuando le son negados los tratamientos de fertilización invitro.

Para el alto tribunal la falta de autorización para este tratamiento no implica la restricción del derecho de los promotores a formar una familia con hijos porque de cualquier manera está presente la posibilidad de acudir a la adopción.

"Siempre está presente la posibilidad de acudir a la adopción siguiendo la tradición romana y auscultando la principialística del Código Civil patrio. Adviértase, también el parentesco civil, fincado en la adopción, en forma inquebrantable, autoriza forjar la familia", señala el fallo.

El pronunciamiento lo hizo la Corte Suprema al dejar en firme un fallo que declaró improcedente la tutela a una pareja que pretendía que se ordenara a la institución para la cual trabaja asumir los costos de su tratamiento de fertilidad, advirtiendo que estos procedimientos están por fuera del POS y no sería una obligación por parte del Estado.

Dentro de la jurisprudencia que expuso la Sala de Casación Civil es que "el alto costo de este tipo de tratamientos supone una disminución en el cubrimiento de otras prestaciones prioritarias".