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Concepto del CNE salvaría candidatura de Rafael Pardo a la Alcaldía

Rafael Pardo / Foto AFP



El Consejo Nacional Electoral citó a Rafael Pardo para el próximo 21 de septiembre a una audiencia pública sobre la demanda que busca tumbar su candidatura a la Alcaldía de Bogotá.

Sin embargo, la campaña del aspirante liberal ya tiene lista la defensa que hará ante el Tribunal Electoral, para demostrar que el haber ejercido como alcalde encargado en los 24 meses anteriores a la elección, no lo inhabilita para posesionarse como mandatario.

Bajo la manga tienen un concepto del CNE del 22 de abril del 2015 que dice que “la jurisprudencia del juez electoral, que acoge la Sala en esta oportunidad, ha indicado que los destinatarios de aquella inhabilidad son los ciudadanos que ejerzan el cargo de alcalde, bien por elección popular o bien por el reemplazo del elegido que deja el cargo por una falta absoluta”.

“Por lo tanto, de acuerdo con la jurisprudencia, quienes ocupan el cargo de alcalde en encargo no son objeto de la restricción en comento”, agrega.

En primer lugar, Pardo no fue elegido y en segundo lugar la campaña está convencida que el caso del alcalde Gustavo Petro no se trató de una falta absoluta.

El propio aspirante Pardo ha dicho que está siendo víctima de una campaña negra, teniendo en cuenta que en el pasado el propio Consejo Electoral también había salvado su candidatura.