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Conozca todo sobre el nuevo Régimen de Protección de Usuarios de servicios de comunicaciones

rcnradio.com


La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) anunció la entrada en vigencia de un nuevo Régimen de Protección a Usuarios de los servicios de comunicaciones, con el cual se establecen "reglas claras y simples que garantizan el efectivo ejercicio de los derechos de los usuarios".

La CRC explica que el nuevo régimen se enfoca en la entrega de información detallada sobre los planes, medios de control de consumo y condiciones de facturación, ofreciendo nuevos canales de atención a los usuarios antes de contratarlos.

"El nuevo régimen se enfoca en garantizar el suministro de información detallada sobre los planes, condiciones de facturación y medios de control de consumo, con el fin de optimizar los canales de atención al cliente y orientar al usuario sobre el servicio que requiere de acuerdo con sus necesidades, antes de contratarlo", asegura la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).

Ademas, la CRC anunció la nueva estrategia 'Comunicados como Es', que busca mejorar los canales de comunicación con la ciudadanía. Los usuarios pueden consultar a través del portal www.comunicadoscomoes.gov.co sus dudas a la hora de contratar servicios de comunicación.

Conozca aquí apartes del comunicado de la CRC, anunciando algunas de las novedades:

-Convergencia de los servicios de telefonía, internet y televisión: El nuevo régimen reconoce las particularidades de cada uno de estos servicios.

-Simplificación de contrato para servicios fijos: A partir del 1 de enero de 2019, entra en vigencia la implementación del nuevo formato para contrato de servicios fijos en el que se elimina la “letra pequeña” y se
especifican las condiciones del servicio en una sola hoja.

-Gratuidad de trámites: El operador no puede cobrar cuando el usuario presente PQR (peticiones, quejas, reclamos o recursos), acuda a los medios de atención o adelante cualquier trámite para el ejercicio de sus derechos.

-Se brinda especial protección a micro y pequeñas empresas: este Régimen aplica para mipymes siempre y cuando no hayan pactado soluciones a la medida del cliente.

-Reducción del tiempo de indisponibilidad del servicio para acceder a la compensación: Cuando el servicio esté indisponible por 2.5 horas, el usuario tiene derecho a la compensación en el caso de los servicios de telefonía e internet.

-Valor de reconexión: El valor a pagar por la suspensión del servicio por no pago, solo podrá estar asociado a los costos de operación de la reconexión. Cuando se trate de un paquete de servicios, el operador solo puede cobrar un valor de reconexión por cada tipo de conexión empleado en la prestación de los servicios (ejemplo: fibra, satelital, cable coaxial).

-Inclusión de un “histograma” en la factura: Para el caso de las facturas de telefonía (fija y móvil) e internet móvil, se incluirán gráficas que permitan al usuario evidenciar y comparar sus consumos de los últimos 6
meses.

-Comparador de tarifas: Los usuarios podrán comparar los planes y tarifas ofrecidas por el operador en su página web.

-Televisión comunitaria: Inclusión de principales derechos, obligaciones e información para los asociados del servicio de televisión comunitaria.

-Atención telefónica: La atención a través de las líneas telefónicas será las 24 horas, los 7 días de la semana, solo para PQR relacionadas con reporte de hurto o extravío de equipo terminal móvil, fallas en el servicio y
activaciones.}

-Indicador de satisfacción al usuario: Los usuarios podrán calificar la atención recibida por parte del operador. El resultado del indicador de satisfacción por cada medio de atención al usuario será publicado por la CRC.

-Eliminación del SMS al 85432 con la palabra “queja” como medio de atención.