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Consejo de Estado ordena modificar tarjeta de propiedad de carro que había sido negado a transgénero

Foto: RCN Radio 1



La Sección Segunda del Consejo de Estado ordenó a la Secretaría de Movilidad de Bogotá realizar las acciones correspondientes para modificar la tarjeta de propiedad de una persona transgénero, a quien le habían negado este derecho.

El alto tribunal consideró que no se pueden seguir poniendo obstáculos para la población LBGTI que requiere de los trámites legales acordes a su condición de género, al advertir que la entidad de movilidad Distrital no tramitó la solicitud al considerar que era improcedente.

De igual forma el Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Gerardo Arenas, confirmó lo expresado por la Corte Constitucional sobre esta población vulnerable en el país y por eso consideró que, además, dicha modificación se puede realizar sin acudir a un proceso de jurisdicción voluntaria.

“Hay un mandato general a la administración pública de no entorpecer los trámites de las personas transgénero, con miras a que estas puedan lograr un pleno ejercicio de sus derechos en consonancia con su identidad de género, por lo que las autoridades se encuentran obligadas a facilitar los trámites y actuaciones necesarios para garantizar el ejercicio de sus derechos.”, señaló el documento.

En el caso particular el Consejo de Estado protegió los derechos de una persona transgénero y llamó la atención a los organismos de tránsito territoriales “quienes deben alimentar, depurar y corregir los registros de los automotores (carros y motos), lo que incluye los datos e identidad de su propietario. Por tanto, será la Secretaría de Movilidad correspondiente la encargada de tramitar la solicitud del actor”.