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Consejo de Estado suspende tradicional ceremonia religiosa del 20 de Julio, por libertad de cultos

El presidente de la República y su esposa participan de una ceremonia, previo a los desfiles del 20 de Julio / Foto: colprensa - Germán Enciso



La Sección Primera del Consejo de Estado decretó como medida cautelar la suspensión provisional de la ceremonia religiosa del Te Deum, que se celebra tradicionalmente cada 20 de Julio.

La determinación fue adoptada tras la demanda de nulidad interpuesta en contra del Decreto 770 de 1982, que establece el Reglamento de Protocolo y Ceremonia de la Presidencia de la República, durante la celebración del Día de Independencia del 20 de Julio.

Dentro de los argumentos consignados en la demanda se advierte que la realización del Te Deum viola varios artículos de la Constitución Política relacionados con el derecho pluralista y en el cual se garantiza la libertad de cultos en Colombia.

Para el demandante, el Te Deum es una celebración católica que tiene como finalidad dar gracias a Dios y este factor constituye una vulneración a los derechos que tienen los colombianos a profesar otro tipo de religiones.

“Se advierte de manera preliminar desconocimiento de los principios de Estado laico, pluralismo religioso, deber de neutralidad e igualdad de todas las confesiones ante la ley, sin que se vislumbre que el trato preferencial a la Iglesia Católica aparezca justificado en los criterios a que se han hecho alusión”, advierte el Consejo de Estado.

La decisión del Consejo de Estado estará vigente hasta tanto el alto tribunal analice los argumentos de fondo de la demanda y tome una determinación final sobre esta demanda.