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Corte advierte que mujeres con extensiones en el cabello pueden entrar a las cárceles



La Corte Constitucional advirtió que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario estaría cometiendo actos de discriminación cuando impide el ingreso de mujeres que tienen extensiones de cabello a las cárceles del país.

El alto tribunal consideró que no se pueden vulnerar derechos fundamentales como al libre desarrollo de la personalidad de las mujeres que utilizan extensiones de cabello y que quieren realizar visitas en los centros carcelarios por cuenta de mantener la seguridad en los penales.

La Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio, consideró que “al analizar el equilibrio entre los derechos en mención, la dignidad humana, la no discriminación y el libre desarrollo de la personalidad no podrán ser superados por un argumento preciso de seguridad que a pesar de su relevancia constitucional, puede ser superado”.

Asimismo el alto tribunal explicó que la autoridad penitenciaria si bien tiene razón en cumplir con sus funciones de prevalecer la seguridad en sus centros carcelarios “existe la posibilidad probada de implementar nuevos métodos no invasivos que eliminen de plano las barreras impuestas a quienes pretendan ingresar con elementos inherentes a su personalidad a las cárceles y distintos establecimientos de seguridad del Estado”.

La Corte Constitucional hizo este pronunciamiento al conocer la tutela de un recluso y de tres mujeres afrodescendientes a quienes les impidieron el ingreso a una cárcel del Valle del Cauca porque llevaban extensiones en sus cabellos y que, según el Inpec, esto vulneraba la seguridad, sin tener en cuenta que con esta actitud también afectaban los derechos fundamentales de las tutelantes.