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Corte avala inmovilizar con grúas carros mal parqueados sin presencia del conductor

Foto archivo. Cortesía Policía Metropolitana.


La Sala Plena de la Corte Constitucional dejó en firme las facultades que tienen las autoridades de tránsito en el país para utilizar grúas y retirar los vehículos que se encuentren mal parqueados sin la presencia del propietario.

El alto tribunal consideró que no había vulneración de los derechos fundamentales de los propietarios que dejan sus vehículos mal parqueados y advirtió que no es excesiva esta norma que le otorga las facultades a la autoridad de tránsito para liberar el espacio público.

La Corte Constitucional advirtió que debe preservarse el interés público sobre el particular y en este caso, los propietarios de los vehículos deberán respetar las normas para no afectar los espacios públicos en donde transitan los ciudadanos.

De igual forma en la Ley 769 de 2002 en su artículo 127, contempla la imposición de comparendos por este hecho a los propietarios que se presenten al momento en el que la autoridad de tránsito estuviera realizando la inmovilización de los carros.

"Si el propietario del vehículo o el conductor se hace presente en el lugar en donde se ha cometido la infracción, la autoridad de tránsito impondrá el comparendo respectivo y no se procederá al traslado del vehículo a los patios", señala la norma.

Esta norma había sido demandada por un hombre, quien argumentó ante la Corte Constitucional que le estaban vulnerando el derecho al debido proceso con la inmovilización de su vehículo sin su presencia, pese a que estaba mal parqueado y había cometido la infracción.