Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Funcionarios judiciales no son "intocables" ante los medios: Corte Constitucional

Foto cortesía Corte Constitucional

Advierte que los medios de comunicación pueden reproducir imágenes y declaraciones de funcionarios judiciales para no vulnerar el derecho a la expresión.

La Corte Constitucional advierte que los medios de comunicación no están sujetos a restricciones para reproducir imágenes o declaraciones de funcionarios judiciales que están dentro de un proceso porque su calidad de funcionario público no los vuelve "intocables".

Para el alto tribunal no se puede trasgredir el derecho fundamental a la libertad de expresión cuando un medio de comunicación esté cuestionando las acciones del aparato judicial a través de los funcionarios cuando éste advierte riesgos en su integridad en un proceso judicial. (Lea también: Los nuevos carros del Consejo Superior de la Judicatura)

La Corte Constitucional señala que si bien un funcionario judicial puede alegar que con la reproducción de sus imágenes y sus declaraciones en determinado proceso lo pueden perjudicar, no puede restringir el derecho que tiene la comunidad a ser informada y tendrá otros mecanismos para combatir el riesgo en su seguridad.

La Corte Constitucional, consciente de la importancia del aparato de justicia, también ha reivindicado la labor del juez en el Estado social y democrático de derecho y de los demás funcionarios responsables del aparato judicial en sentido amplio. Más aún, destaca los desafíos y dificultades a los que diariamente se enfrentan funcionarios, empleados e investigadores judiciales -y con mayor razón aquellos inmersos en el derecho penal-, pero todo esto no los convierte en “intocables” dentro del foro público de deliberación”, advierte la sentencia.

El caso estudiado por la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio, es el de una reclamación de un fiscal de Medellín quien había alegado que un medio de comunicación lo había abordado dentro de las instalaciones del Palacio de Justicia de esa ciudad para cuestionarlo sobre un proceso de trascendencia nacional.

El funcionario argumentó que con la reproducción de sus imágenes y sus declaraciones ponía en riesgo su integridad y le estaban violando el derecho a la intimidad, sin embargo, la Corte Constitucional analizó los argumentos exopuestos y encontró que este tipo de actuaciones no puede ir en contra del derecho a la libertad y existen otros mecanismos para salvaguardar su vida como funcionario público.

Si el señor Fiscal considera que existen amenazas contra su integridad personal puede acudir a las autoridades competentes para solicitar la protección a la que haya lugar. Pero sacrificar el ejercicio de la libertad de información tratándose de un asunto de relevancia pública, por posibles amenazas a un servidor público, no es una decisión proporcional. En efecto, existen otros mecanismos legales para salvaguardar la vida del funcionario sin menoscabar el libre flujo de ideas en el foro público”, señala la Corte Constitucional.