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Corte Constitucional regaña al Gobierno por negar sillas de ruedas a deportistas paralímpicos

Foto: colombia.com/oficina de prensa



La Corte Constitucional hizo un llamado a las autoridades deportivas del país en cabeza de Coldeportes y del Comité Paralímpico Colombiano para que no vulneren los derechos fundamentales de los deportistas en condición de discapacidad que no pueden asistir a las competencias en representación de Colombia por no otorgarles los instrumentos requeridos para tal fin.

El pronunciamiento lo hizo el alto tribunal con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortíz, tras estudiar de varios deportistas paralímpicos de Antioquia y del Valle del Cauca que no pudieron acudir a las justas en Toronto, Canadá, porque no contaban con una silla de ruedas dispuesta para la disciplina de baloncesto.

En el caso particular los deportistas adujeron la negativa por parte de las autoridades regionales deportivas de brindarles una silla de ruedas adecuada para practicar este deporte y poder integrar la selección Colombia de Baloncesto.

Para la Corte Constitucional hubo una clara violación de los derechos fundamentales considerar que les habían vulnerado sus derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas, a la seguridad social, a la salud y a la protección de personas en condición de discapacidad, al negarles el suministro de la silla de ruedas a estos deportistas paralímpicos.

“Para la Sala es indiscutible que un deportista de alto rendimiento como es el actor, requiera de elementos idóneos y en buenas condiciones que le permitan participar en las competiciones a nivel nacional e internacional de una manera digna y adecuada. Como consecuencia de ello, es necesario que el actor obtenga una silla de ruedas que le permita seguir representando al país a nivel internacional y sin arriesgar su vida e integridad física”, señala la sentencia.

Por estos hechos la Corte Constitucional impartió una serie de órdenes para que en adelante no se repitan este tipo de episodios contra las personas en situación de discapacidad y que son considerados deportistas de alto rendimiento que tienen como una de sus únicas entradas económicas practicar esta disciplina en representación del país.

“La Sala concederá el amparo de los derechos fundamentales del accionante y ordenará al Comité Paralímpico Colombiano que le entregue al accionante la silla de ruedas requerida dentro del mes siguiente a la notificación del presente fallo, como quiera que el actor es un deportista de alto rendimiento que representa a nuestro país a nivel internacional y requiere de dicho insumo para no afectar su rendimiento, ya que se encuentra constantemente en competencias”, señala la sentencia.