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Corte ordena proteger a trabajadoras sexuales que vienen de Venezuela

La Corte Constitucional ordenó a las autoridades migratorias proteger a las mujeres venezolanas que prestan servicios sexuales en el país con el objetivo de que desarrollen sus actividades dignamente y en condiciones que no atenten contra sus derechos.

Foto Colprensa


La Corte Constitucional ordenó a las autoridades migratorias proteger a las mujeres venezolanas que prestan servicios sexuales en el país con el objetivo de que desarrollen sus actividades dignamente y en condiciones que no atenten contra sus derechos.


El alto tribunal conoció la situación que están viviendo muchas mujeres del vecino país que llegan a la zona fronteriza en Norte de Santander y que para subsistir están desarrollando trabajos sexuales.


No obstante, por cuenta de una tutela interpuesta por la dueña del establecimiento comercial que le fue cerrado por parte de las autoridades locales, se advirtió que dicho sitio tenía mujeres extranjeras sin la documentación requerida pero además porque no reunía las condiciones para desarrollar este tipo de actividades.


En su acción de tutela se advirtió a una vulneración al debido proceso y al trabajo de quienes subsisten de estas actividades tras la situación económica que viven en el vecino país.


"En caso de encontrar extranjeros realizando estos trabajos, sin la debida documentación, deberán iniciar y acompañar los trámites para expedir los respectivos permisos que les permitan continuar laborando dignamente, siempre y cuando estén de acuerdo y consientan en continuar realizando esta actividad, de acuerdo con las consideraciones de esta sentencia", señala la Corte Constitucional.


De igual forma, el alto tribunal también hizo un llamado a las autoridades migratorias de que no adopten acciones de solo realizar deportaciones porque "no es permisible, ni aceptable, bajo los parámetros del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que se hagan deportaciones masivas, sin analizar la situación particular de cada persona".


Para la Corte Constitucional los migrantes que sean encontrados, deben ser protegidos de forma plena, garantizándoles el ejercicio de sus derechos, la obtención de la documentación necesaria para permanecer en el territorio colombiano y, de ser el caso, la calificación de refugiados.


Migración Colombia no ha sido notificada de orden de proteger trabajadoras sexuales


Aunque la Corte Constitucional ordenó proteger a las trabajadoras sexuales que vienen de Venezuela para que puedan ejercer sus labores en Colombia, la Cancillería y Migración Colombia aún no han sido notificadas de este fallo que emitió el Alto Tribunal.


Sin embargo, fuentes del Gobierno le aseguraron a RCN Radio y la FM que desde ya se está estudiando la decisión de la Corte Constitucional para determinar qué medidas se van a utilizar al respecto.


A pesar de que Migración Colombia es la entidad encargada de ejercer el control de ingresos y salidas de las personas en el país, no le corresponde la labor de emitir visas de trabajo para los extranjeros, sino por el contrario, sería función de la Cancillería.


Cabe recordar que la Corte Constitucional ordenó a las entidades encargadas a apoyar a las personas que quieran ser trabajadoras sexuales en Colombia en “la consecución de sus visas de trabajo y demás documentos que les permita laborar de forma regular”.


Sin embargo, fuentes del Gobierno expresaron que la decisión la conocen por la información que ha salido en los medios de comunicación.