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Entrometerse en relación de pareja de un compañero de trabajo es causal de despido: Corte Suprema

Foto: Ingimage.



La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia negó la pretensión de un trabajador para reintegrarse a su trabajo, tras haber sido despedido de la empresa por sostener una relación extramatrimonial con la esposa de uno de sus compañeros de trabajo.

Según la sentencia, este tipo de acciones de infidelidad comprobadas en un lugar de trabajo puede ser causal de despido, al advertir que podría perturbarse el ambiente laboral de los demás y de los propios implicados.

No obstante, la Corte Suprema en su concepto determinó que si bien este tipo de relaciones extramatrimoniales no está reglamentado como una falta grave, "también lo es que por ser considerada esta conducta como un acto inmoral, como lo hizo la empresa y lo prohijó el Tribunal, desde luego que debe considerarse como grave y en esa medida es posible concluir que se encuentra tipificada como tal en el reglamento interno de trabajo".

El caso particular fue el de un hombre que argumentó ante el alto tribunal un despido injustificado y que una relación que sostuvo no debió ser causal para alejarlo de la empresa.

Sin embargo la Corte Suprema confirmó lo expresado por el tribunal en segunda instancia que negaba las pretensiones del mismo para ser reintegrado, advirtiendo vulneración a sus derechos laborales.

"Lo cierto es que cuando ese tipo de relaciones se hacen públicas o notorias y afectan el buen ambiente laboral que debe observarse dentro de un sitio de trabajo, la situación es distinta, pues en ese caso y justamente como en el que aquí se ventila, la relación amorosa que tuvo el demandante y que ya ha quedado referenciada, trascendió de la órbita privada de los vinculados en ella, para entrar a formar parte de una opinión generalizada entre el resto de empleados", señala la sentencia.