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Corte Suprema declaró ilegal huelga de pilotos de Avianca

Capitán Jaime Hernández, está siendo investigado por presunto pánico económico Foto: Colprensa



Con cinco votos a favor y dos en contra, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia declaró ilegal la huelga de los pilotos sindicalizados de Avianca. Para el alto tribunal la convocatoria al cese de actividades no cumplió con los requisitos establecidos por la ley.

"La Sala de Casación Laboral de la corporación determinó que para adoptar la disposición de la huelga, los trabajadores debían seguir las reglas de mayorías establecidas en el artículo 444 del Código Sustantivo del Trabajo", precisa la decisión.

"En este caso -añade el fallo- por tratarse de un sindicato de industria y con carácter minoritario, en el ámbito de la empresa, la decisión le correspondía a la mayoría absoluta de los trabajadores de la empresa y no exclusivamente a los afiliados de la organización sindica".

En el debate jurídico, la Corte verificó que que de un total de más de 8.000 trabajadores tan solo 699 habían votado a favor de la huelga por lo cual la decisión no había sido adoptada por la mayoría legalmente exigidas.

En el cese de actividades, que duró 54 días, los pilotos exigían mejores condiciones laborales y un mayor reconocimiento a su actividad. (Lea también: Persecución en Avianca continúa tras fin de la huelga: Pilotos de Acdac)

La Sala acogió la ponencia del magistrado Rigoberto Echeverry que señalaba que cualquier transporte es esencial y un servicio público que no puede verse afectado. En ese sentido abarca el transporte aéreo, terrestre y marítimo.

"La Corte estableció que el transporte aéreo ha sido catalogado formalmente por el legislador como un servicio público esencial, además no existen razones materiales para respaldar esa decisión legislativa, por cuanto su suspensión ponía en riesgo la salud, la seguridad y la vida de la población", agrega la decisión.

La decisión ratifica el fallo del Tribunal Superior de Bogotá que declaró ilegal la huelga de los pilotos sindicalizados de la Asociación Colombiana de Aviadores (Acdac) de Avianca.

En dicha decisión, la Sala Laboral del Tribunal señaló que la ilegalidad se presentó porque el transporte aéreo es un servicio público esencial e incluye de manera directa en la vida social y económica del país. Además consideró que la declaratoria de huelga no se dio por un sindicato mayoritario de los empleados de Avianca.


Según el experto en derecho laboral, Juan Pablo López, la decisión abriría la puerta para que Avianca pueda tomar sanciones como despidos a los pilotos sindicalizados.