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Desmovilizados de Justicia y Paz podrán acogerse a la JEP y a programa de reintegración

Foto. Colprensa


El Presidente Juan Manuel Santos firmó el decreto 2199 de 2017 el cual establece que los excombatientes que se acogieron a la Ley de Justicia y Paz y que hayan decidido cambiarse a la Ley de Amnistía podrán recibir los beneficios de los acuerdos de Paz, entre ellos ser objeto del proceso de reincorporación que actualmente adelanta el Gobierno.

Sin embargo, los desmovilizados beneficiados con esto deberán firmar el acta de no repetición y acudir a la Comisión de la Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz.

“Las personas desmovilizadas postuladas a la Ley 975 de 2005 (Ley de Justicia y Paz), que recobren la libertad por la concesión de alguno de los beneficios de la Ley 1820 de 2016 (Ley de Amnistía), podrán ingresar al proceso de reintegración que implementa la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), siempre y cuando hayan suscrito el Acta Formal de Compromisos ante la Jurisdicción Especial para La Paz (JEP), en los términos dispuestos en la ley 1820 de 2016 y el Decreto 277 de 2017”, dice el decreto.

Después de ser aceptados en el proceso de reincorporación, los desmovilizados deberán demostrar el cumplimiento de los requisitos que le impuso la JEP o de lo contrario perderán todos los beneficios.

Este decreto se configuró que la ley de Justicia y Paz dejó abierta la posibilidad de que a las personas desmovilizadas se les podrán aplicar otros regímenes transicionales que los beneficie jurídicamente.

Sin embargo, para cambiarse a la Ley de Amnistía, los desmovilizados deberán renunciar a los beneficios de la Ley de Justicia y Paz, incluyendo el modelo de reincorporación.

Es por esto que el Gobierno decidió reglamentar este decreto ante el vacío jurídico que se estaba presentando con los desmovilizados de Justicia y Paz que se hayan pasado a la Ley de Amnistía.