Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Expresidente de la ANI es citado por la Fiscalía en razón a Otrosí para Ruta del Sol III

Luis Fernando Andrade, expresidente de la Agencia Nacional de Infraestructura / Foto tomada de ani.gov.co



El ex presidente de la ANI, Luis Fernando Andrade, señaló que acudirá a la citación que le hizo la Fiscalía en el marco de las investigaciones por el contrato para la Ruta del Sol III, tramo San Roque-Ciénaga, en una obra con un costo superior a los $2.1 billones de pesos y en el cual se menciona a Roberto Prieto.

A través de un comunicado, Andrade indicó que:"reitero mi compromiso con el país y con los organismos de investigación y control; Pero también reafirmo, como lo hice en otra oportunidad, que mi función como ex Presidente de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) era dialogar con todos los interesados en los proyectos. No puedo responsabilizarme por los delitos que cometan terceros", advirtiendo que "es imposible prejuzgar que interlocutor es corrupto y quién no. Si alguien recibió dinero por hacer lobby, eso lo compromete a él, pero nunca se puede involucrar a una entidad como la ANI" indica.

En ese sentido, explica que "El contrato de concesión número 007 de 2010, Ruta del Sol, Sector 3, tenía como alcance la construcción en doble calzada de la troncal San Roque-Ciénaga y la transversal Valledupar-Carmen de Bolívar. El ganador fue un grupo de empresas liderado por la firma italiana Impregilo, quienes ofrecieron el mejor precio: 2.1 billones de pesos en Valor" señala.

Además, "El único punto que no fue contratado en doble calzada fue el paso sobre el río Magdalena a la altura del municipio de Plato. Por lo tanto, este punto tendería a convertirse en un cuello de botella en la medida en que se construyera la doble calzada y aumentaran los niveles de tráfico. Así lo indicó el estudio de conveniencia y oportunidad elaborado por la ANI", dijo.

Según Andrade, "El valor acordado para los estudios y diseños fue de 5,788 millones de pesos. Con el objetivo de no pedir recursos adicionales a la Nación, y las negociaciones para incluir los estudios y diseños del puente de Plato iniciaron formalmente en septiembre de 2014 y culminaron el 21 de Julio de 2015 con la firma del Otrosí #5" mencionó.

Bajo ese entendido, el ex presidente de la ANI explicó que "El Dr. Roberto Prieto nunca ejerció presiones indebidas sobre el Presidente de la ANI, aunque sí preguntó por el avance de los trámites relacionados a este Otrosí en una reunión el 24 de febrero de 2015, la cual fue puesta en conocimiento de las autoridades por el propio Dr. Andrade" y añade "Concluyo de nuevo; hacer lobby para esta obra era no solo imposible (por el sistema decisorio de la ANI), sino innecesario por la pertinencia y necesidad expresa de la misma. Como en los otros casos, solo se atendió a criterios técnicos y económicos y al mejor interés del país" puntualizó.

A continuación el comunidado expedido por el ex presidente de la Agencia Nacional de Infraestructura ANI al respecto.

COMUNICADO SOBRE LA NUEVA CITACIÓN DE LA FISCALIA CON RELACION AL CASO DEL DR. ROBERTO PRIETO

Ante la nueva citación de la Fiscalía General de la Nación con relación al caso del Dr. Roberto Prieto, manifiesto: 1- Reitero mi compromiso con el país y con los organismos de investigación y control: 2- Pero también reafirmo, como lo hice en otra oportunidad, que mi función como ex Presidente de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) era dialogar con todos los interesados en los proyectos. No puedo responsabilizarme por los delitos que cometan terceros, pues es imposible prejuzgar que interlocutor es corrupto y quién no. Si alguien recibió dinero por hacer lobby, eso lo compromete a él, pero nunca se puede involucrar a una entidad como la ANI que tomaba decisiones con sustento técnico en beneficio de los colombianos. Debo reiterar que los procesos de decisión de la ANI estaban blindados en la medida en que se apoyaban en conceptos externos y decisiones colegiadas.

Para explicar esta situación, incluyo los puntos principales relacionados al Otrosí #5 al contrato Ruta del Sol, Sector 3:

• El contrato de concesión número 007 de 2010, Ruta del Sol, Sector 3, tenía como alcance la construcción en doble calzada de la trocal San Roque-Ciénaga y la transversal Valledupar-Carmen de Bolívar. El ganador fue un grupo de empresas liderado por la firma italiana Impregilo, quienes ofrecieron el mejor precio: 2.1 billones de pesos en Valor Presente de Ingresos Totales.
• El único punto que no fue contratado en doble calzada fue el paso sobre el rio Magdalena a la altura del municipio de Plato. Por lo tanto, este punto tendería a convertirse en un cuello de botella en la medida en que se construyera la doble calzada y aumentaran los niveles de tráfico. Así lo indicó el estudio de conveniencia y oportunidad elaborado por la ANI.
• Las negociaciones para incluir los estudios y diseños del puente de Plato iniciaron formalmente en septiembre de 2014 y culminaron el 21 de Julio de 2015 con la firma del Otrosí #5, después de tener las aprobaciones de la interventoría del contrato y todas las instancias internas de la ANI, incluyendo el comité de contratación.
• Respetando la delegación de funciones de la ANI, el Otrosí #5 fue firmado por el Vicepresidente Ejecutivo de la ANI, el Dr. German Córdoba, quién tenía asignada la responsabilidad por la gestión contractual de la concesión Ruta del Sol, Sector 3.
• El valor acordado para los estudios y diseños fue de 5,788 millones de pesos. Con el objetivo de no pedir recursos adicionales a la Nación, se acordó financiar estos estudios y diseños con recursos sobrantes del contrato para supervisión aérea, aportados por el propio concesionario
• El Dr. Roberto Prieto nunca ejerció presiones indebidas sobre el Presidente de la ANI, aunque sí preguntó por el avance de los trámites relacionados a este Otrosí en una reunión el 24 de febrero de 2015, la cual fue puesta en conocimiento de las autoridades por el propio Dr. Andrade.
• Concluyo de nuevo; hacer lobby para esta obra era no solo imposible (por el sistema decisorio de la ANI), sino innecesario por la pertinencia y necesidad expresa de la misma. Como en los otros casos, solo se atendió a criterios técnicos y económicos y al mejor interés del país.