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Consejo de Estado suspende facultades del gobierno en temas de medio ambiente de las regiones

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos del decreto 2691 de 2014, en el cual el gobierno tenía la facultad de intervenir en las decisiones para proteger el uso del suelo y la protección del medio ambiente en municipios y departamentos en donde se adelantan los procesos de exploración y explotación minera.

De acuerdo con la Sección Primera del alto tribunal, la decisión fue adoptada mientras se adelanta todo el proceso correspondiente dentro de la demanda instaurada contra dicho decreto, expedido por el Presidente de la República.

El decreto que fue suspendido contempla la reglamentación del artículo 37 de la Ley 685 de 2001 en el cual "se definen los mecanismos para acordar con las autoridades territoriales las medidas necesarias para la protección del ambiente sano, y en especial, de sus cuencas hídricas, el desarrollo económico, social, cultural de sus comunidades y la salubridad de la población, en desarrollo del proceso de autorización de actividades de exploración y explotación minera”.

El Consejo de Estado de igual forma tomó en cuenta el argumento consignado dentro de la acción jurídica, en la cual se advirtió que el establecimiento de un procedimiento administrativo como el contenido en el decreto acusado desconoce el principio de autonomía de las entidades territoriales.

No obstante, el alto tribunal insistió que esta medida será de forma provisional hasta tanto la Sala tome una decisión de fondo en la cual tomará en cuenta que los entes territoriales se les debe garantizar no sólo un sistema de participación formal en este tipo de decisiones, sino uno que materialice efectivamente que su voz sea valorada porque estas actividades tiene implicaciones en toda la sociedad.