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Consejo de Estado tumbó los estatutos del Partido Liberal por discriminación de género

El Consejo de Estado advirtió que el Partido Liberal no podrá aplicar los estatutos que fueron suscritos en la última Asamblea Liberar Constituyente en diciembre de 2011 porque con ellos hubo exclusión de simpatizantes, desigualdad de género y discriminación de minorías.

La determinación fue adoptada por la Sección Tercera del alto tribunal al advertir que con los nuevos estatutos se otorgaron facultades a la Dirección Nacional del Partido Liberar, con el aval del Consejo Nacional Electoral, vulnerando el derecho a la moralidad administrativa.

De igual forma el Consejo de Estado consideró los argumentos expuestos dentro de una acción popular al analizar que estos estatutos no fueron expedidos por el órgano competente para hacerlo ni se respetó los requisitos para este procedimiento.

"Dentro de las modificaciones hechas por la nueva facultad del director se permitió excluir a los simpatizantes, afectar el derecho de participación de las bases sociales en la organización del partido, desconocer el principio de equidad e igualdad de género en cuanto excluyó a las mujeres de la organización, de los órganos de dirección y administración y demás mecanismos internos de participación, discriminar a las minorías, limitar los mecanismos internos de control y protección de los derechos de los asociados, limitar el derecho a disentir y sustituir al órgano competente para modificar los estatutos", señala el Consejo de Estado.

No obstante el Consejo de Estado, con ponencia de la magistrada Stella Conto Díaz del Castillo, pese a que le ordenó al Partido Liberal que máximo un mes no deberá aplicar estos estatutos, se rija por los que estaban vigentes mientras que deberá conformar un comité que garantice el principio de participación democrática.

En las irregularidades que fueron objeto de análisis por parte del Consejo de Estado, es que la Dirección Nacional del Partido eliminó el Tribunal Nacional de Garantías, el cual había decidido que los nuevos estatutos eran contrarios a la Ley y a los estatutos de la colectividad aprobados en el año 2002, con el fin de desacatar esa decisión del órgano de control.

“Lo cierto es que una vez eliminado el Tribunal Nacional de Garantías por su propia decisión, la Dirección Nacional Liberal se descargó del deber legal de acatar la decisión vigente, al punto que continuó aplicando los estatutos declarados ilegales, como si el Tribunal nada hubiese decidido”, señala la sentencia.