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Corte ordena acciones contra Presidente de Colpensiones, por incumplir a pensionados

Presidente de Colpensiones, Mauricio Olivera / Foto: archivo

RCN La Radio conoció que la Corte Constitucional ordena que se inicien procedimientos judiciales por desacato a tutelas.

La Corte Constitucional negó la prórroga que había solicitado el presidente de Colpensiones, Mauricio Olivera, y ordenó las acciones judiciales correspondientes por desacato de tutela.

El alto tribunal consideró que persiste el incumplimiento por parte de la entidad, en cabeza del funcionario, afectando los derechos fundamentales de miles de colombianos por lo que el incidente de desacato deberá correr traslado y no tendrán más plazos para cumplirlos.

De acuerdo con la Corte Constitucional, si bien ha existido un avance significativo en la resolución de la problemática de los pensionados en el país, persiste un déficit importante de las personas que han tramitado, por medio de una acción de tutela, le reconozcan sus derechos fundamentales al no entregarles su mesada pensional.

La determinación se dio tras negar la solicitud elevada por el Presidente de Colpensiones, quien argumentó que suspender los términos del incidente de desacato era necesario para seguir adelantando las peticiones realizadas y que vienen represadas por diferentes motivos desde hace varios años.

“La Sala advierte que Colpensiones no acreditó que la medida sea necesaria, pues (i) señaló que del total de trámites vencidos solo 18.862 cuentan con acción de tutela y; (ii) reportó que su capacidad de respuesta mensual asciende a 43.070 solicitudes en promedio. De este modo, en criterio de la Sala la medida de suspensión de sanciones por desacato no es necesaria, ya que con su capacidad de respuesta actual, la entidad tiene posibilidad de atender las acciones de tutela pendientes de acatamiento, sin afectar ostensiblemente su modelo de operación”, señala la sentencia.

Para la Corte Constitucional es obligación de la entidad continuar respondiendo por los procesos pendientes y que habían sido pactados para el pasado 31 de diciembre de 2014 y que no se cumplió al cien por ciento.

“Así las cosas, lejos de tratarse de una situación marginal u ocasional, Colpensiones continúa presentado problemas de calidad en diferentes aspectos de sus resoluciones pensionales”,  advierte la Corte Constitucional.

Asimismo agrega que “en particular, a esta Sala de la Corte le preocupa profundamente la falta de completitud de la historia laboral de los afiliados de la entidad, la adopción de decisiones prestacionales sin contar con la información necesaria para decidir de fondo correctamente, la ausencia de acatamiento de los precedentes judiciales relacionados con la unificación y actualización de las cotizaciones y los periodos causados para efectos pensionales”.

Para efectuar esta decisión la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas, tuvo en cuenta los conceptos y argumentos de los titulares del Ministerio de Trabajo, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Superintendencia Financiera y la Contraloría General de la República.

De igual forma, en este Auto insistió en los cumplimientos que debe hacer tanto el presidente de Colpensiones, Mauricio Olivera, como los funcionarios de la entidad para dar una respuesta pronta y oportuna a quienes siguen esperando el reconocimiento de sus pensiones.

“Ordenará al presidente de Colpensiones, Mauricio Olivera que dentro del mes siguiente a la comunicación de esta providencia tome las medidas necesarias para (i) cumplir de manera integral los fallos judiciales que condenaron a la entidad al reconocimiento y pago de una prestación económica; (ii) reducir significativamente la interposición de procesos ejecutivos por el no pago de retroactivos, intereses moratorios, costas y agencias en derecho (…)”, indica el documento.