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Gobierno asegura que Senado sí aprobó las 16 circunscripciones especiales de paz

Foto: Colprensa

El Gobierno Nacional acogió la tesis de que los 50 votos obtenidos en la plenaria del Senado son suficientes para que la reforma constitucional de las circunscripciones especiales de paz quede aprobada.

La teoría, que también defiende el senador Roy Barreras, está encaminada a que el quórum para la aprobación de la iniciativa era de 99 parlamentarios y no de 102, lo que quiere decir que los 50 votos obtenidos en la sesión constituyen la mayoría absoluta.

(Lea acá: Por un voto se hunden las 16 circunscripciones de paz para las víctimas)

El ministro del Interior, Guillermo Rivera, afirmó que “mayoría absoluta es frente a los integrantes del Senado, hoy solo hay 99 senadores habilitados, la mayoría son 50 votos, es decir se aprobaron las circunscripciones de paz”.

Dijo además en su Twitter que “la Corte en sentencia C-784/14 definió de manera clara como se configura la mayoría absoluta cuando hay miembros impares en el Congreso, con en este caso con los actuales miembros del Senado”.

Rivera radicó en la Presidencia del Congreso una carta en la que solicita el proyecto para su promulgación.


“Nos pusimos a revisar la norma y lo que ha dicho la Corte Constitucional al respecto y nos parece que la conclusión es absolutamente clara y por esa razón estamos solicitando que se nos envíe el proyecto y en caso de que ello no ocurra nos parece que será la autoridad judicial la que deberá dirimir esta eventual diferencia de interpretaciones”, indicó.


Sin embargo, la Secretaría General y la Mesa Directiva del Senado certificaron el hundimiento de la iniciativa.

El presidente del Senado, Efraín Cepeda, dijo que “somos 99, la mitad es 49,5, más uno, da 50,5, y como no se puede medio voto necesitábamos los 51 y no 50”.

El senador Roy Barreras dijo que la interpretación de la mesa directiva no es correcta e insistió en acudir a instancias judiciales.

“El secretario de la corporación tiene una interpretación matemática que no es legal ni constitucional, él considera que la mitad más uno es 50,5 y a él se le ocurre que 50,5 es 51, pues a mí se me ocurre que 50,5 es 50, pero que lo defina el Consejo de Estado”, indicó.

Para la senadora Viviane Morales no cabe ninguna interpretación y el proyecto ya estaba hundido antes de la última votación.

“Esta votación ya era de por sí irregular, porque la votación real fue la que se dio el día de antier, eso no se podía repetir, entonces no hay ninguna forma de pensar que eso pasó. La Constitución dice que ese debate no se puede repetir sino solo una vez, que fue lo que hicimos el martes y aquí han pretendido atropellar la Constitución, el reglamento y comprar a los congresistas y ni con eso pudieron ganar”, manifestó.

La sentencia C-784 del 2014 de la Corte Constitucional advierte que cuando una corporación está integrada por un número impar de miembros, como en este caso, se entiende como la mayoría absoluta el número entero siguiente a la mitad exacta de los integrantes.

El texto de la sentencia se advierte que “en la jurisprudencia de la Corte, en el derecho comparado, en la doctrina y en la práctica parlamentaria, cuando se tiene en cuenta el caso de las asambleas impares, se concibe la mayoría absoluta o bien como cualquier número entero superior a la mitad de los integrantes, o bien como más de la mitad de los integrantes, o bien como la mayoría de los integrantes de una célula”.

Y pone un ejemplo: “Si la Corporación está integrada por un número par –y tiene 102 miembros–, la mayoría absoluta es 52 o más; si la conforma un número impar –y tiene 105 miembros– la mayoría absoluta es 53 o más. En ambos casos, los resultados responden exactamente a cualquiera de las definiciones antes mencionadas”.

Este será el argumento que presentará el Gobierno Nacional ante el Congreso y ante el Consejo de Estado para salvar las 16 circunscripciones especiales de paz.