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Por actos del conflicto solo debería juzgarse a los máximos responsables de la fuerza pública: Fiscal

Fiscal Eduardo Montealegre / Foto cortesía: Fiscalía



El fiscal general, Eduardo Montealegre se declaró partidario de que en el caso de la fuerza pública sólo se juzgue a los máximos responsables de graves violaciones de derechos humanos y otros delitos cometidos en el contexto del conflicto armado.

Sin embargo, el fiscal dejó en claro que no basta que el uniformado ocupe un alto grado de oficial como general o coronel para considerarlo máximo responsable al interior de la fuerza pública, en el marco de la justicia transicional.

Montealegre señaló que bajo este escenario, por ejemplo, frente a los soldados de la base que no alcanzan la categoría de máximos responsables, si podría pensarse en la renuncia condicionada de la acción penal, a cambio de que acepten su responsabilidad en graves hechos y colaboren con la justicia.

De acuerdo con el fiscal la justicia colombiana es clara que para la fuerza pública no aplica ni la amnistía, ni el indulto ya que esa figuras jurídicas solo proceden para el delito político.

Según el fiscal general los delitos cometidos por miembros de la fuerza pública, así se traten de hechos de competencia de la Corte Penal, deben tener relación con el conflicto para llegar a ser conocidos por la jurisdicción especial para la paz.

Montealegre indicó que debe existir algún vínculo temporal o geográfico con el conflicto armado de acuerdo a lo contemplado en la jurisprudencia internacional.

De igual forma, sostuvo que esa eventual competencia deberá estar sujeta a la naturaleza del hechos y no a la sola voluntad de las personas de concurrir a la justicia transicional

También aclaró que para la Fiscalía no todos los casos relacionados con los denominados falsos positivos y ejecuciones extrajudiciales pueden pasar directamente a la justicia transicional sino que debe realizarse previamente cada episodio antes de tomar una decisión en ese sentido.

Asimismo insistió en que los actos realizados por un expresidente de la República durante el ejercicio del cargo tienen una garantía constitucional de ser juzgados por la Corte Suprema de Justicia tras un proceso previo en la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes.