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Retención por corto tiempo a cambio de dinero es secuestro y no extorsión: Corte Suprema

Foto referencial de Ingimage



La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia advirtió que cuando a una persona es privada de la libertad, así sea por un espacio corto de tiempo o en su propia casa con el objetivo de exigirle dinero, se debe configurar como un secuestro.

El alto tribunal consideró que no se pueden judicializar a las personas que cometan este tipo de retenciones momentáneas bajo la figura del delito de extorsión, cuando lo que claramente existe es una conducta de secuestro, "privación de la locomoción".

La Corte Suprema argumentó su sentencia tras conocer el caso de un hombre que fue retenido por una hora dentro de su casa por dos sujetos que le exigieron una suma de dinero a cambio de no hacerle daño a él y a su familia.

"La conducta del acusado no se limitó a constreñir a la víctima, haciéndole un requerimiento dinerario ilícito, sino que se lo retuvo por espacio de una hora, fue amarrado y amedrentado con arma de fuego, lo cual le impidió desplazarse con libertad hacia el lugar al que se dirigía, comportamiento que no se agota en el delito de extorsión, sino que encuentra tipificación en el punible de secuestro extorsivo", indica la sentencia.

Por este hecho en particular la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la sentencia de 45 años y 10 meses de prisión contra una de las personas que fueron responsables de estos hechos registrados en el departamento del Tolima.