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Primicia: RCN Radio conoce nombres de uniformados que intentaron polémicos reintegros a la Policía

Foto referencial AFP



RCN Radio conoció en primicia los nombres de algunos de los uniformados de la Policía que habrían sido beneficiarios de cuestionados reintegros, luego de haber sido retirados de la institución.

La mayoría de los oficiales regresaron a las filas de la Policía tras haber pasado por Juzgados Administrativos de Descongestión del país, que reordenaron sus reintegros.

Sin embargo, en algunos de los casos conocidos, el Consejo de Estado tumbó las sentencias que ordenaban el retorno de los controvertidos oficiales y las millonarias indemnizaciones que varios de ellos habían ganado en primeras instancias. (lea aquí: “Discreción no es arbitrariedad”, dice abogado sobre el carrusel de los reintegros)

Estos son algunos de los casos:

Mayor Carlos Andrés Mesa Carrillo

Fue retirado de la Policía Nacional el 14 de junio de 2007, por medio del mecanismo de Voluntad del Gobierno Nacional. El año después, fue arrestado en Estados Unidos por tres cargos: concierto para importar más de cinco kilos de cocaína, concierto para distribuirla y concierto para lavado de activos.

Mesa Carrillo se declaró culpable por el soborno de un funcionario público y por tomar represalias contra un testigo y fue sentenciado a once meses de prisión en Nueva York.

Al regresar al país, Mesa presentó una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante el Juzgado 12 Administrativo de Descongestión de Bogotá, el cual ordenó su reintegro a la Policía. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó esa decisión el 17 de enero de 2012.

En 2013, la Policía presentó un Recurso Extraordinario de Revisión, exponiendo datos de los hechos protagonizados por el mayor Mesa en Estados Unidos para lograr declarar nulo el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que obligó a la institución a pagarle $476 millones. Actualmente el caso está siendo estudiado por el Consejo de Estado.

Coronel William Orlando Núñez Corredor

Fue retirado de su cargo en diciembre de 2007 mediante el conducto de Voluntad del Gobierno Nacional. El Juez Tercero Administrativo de Descongestión de Villavicencio y en segunda instancia el Tribunal Administrativo del Meta revocaron su retiro, ordenando su reintegro y su ascenso al grado de Brigadier General.

Luego de que la Policía instaurara una tutela, el Consejo de Estado dejó sin suelo la decisión del Tribunal, recordando que los jueces de la República no tienen competencia para ordenar ascensos, evitando que Núñez Corredor recibiera una indemnización por $900 millones de pesos.

Coronel Fernando Chinchilla Valencia

El coronel Fernando Chinchilla Valencia fue retirado de la institución en 2010 mediante el llamamiento a calificar servicios. Chinchilla interpuso una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, en el Juzgado 2 Administrativo de Descongestión del Circuito de Manizales. Esa instancia declaró nulidad del decreto de retiro y ordenó su reintegro al cargo del cual había sido retirado.

En 2014 la Policía interpuso un recurso de apelación, pero el Tribunal Administrativo de Caldas reafirmó la nulidad del decreto de retiro, obligando a la entidad a reintegrar al coronel Chinchilla. Ante esa decisión, la Policía Nacional instauró una acción de tutela, frente a la cual el Consejo de Estado afirmó que la institución puede llamar a sus uniformados a calificar servicios sin exponer motivación alguna.

El Consejo de Estado dejó en firme, en diciembre de 2014, el retiro del coronel Chinchilla de la institución.

Coronel Iván Vera Roses

Luego de que en 2008 la Policía llamara a calificar servicios al coronel Iván Vera Roses, el oficial interpuso una demanda de nulidad que fue atendida por el Juzgado Segundo Administrativo de Descongestión de Manizales. Esa instancia definió que no habían sido expuestos por la Policía los motivos para el retiro del coronel Vera y ordenó su reintegro inmediato a su cargo o a uno superior.

La Policía apeló esa decisión, pero el Tribunal Administrativo de Caldas confirmó la decisión de la primera instancia el 28 de agosto de 2014, por lo cual la entidad instauró una acción de tutela.

El 16 de abril de 2015, el Consejo de Estado se pronunció frente al caso y argumentó que para llamar a calificar servicios a sus uniformados, las Fuerzas Armadas no deben exponer sus motivaciones y mantuvo en pié la salida del coronel Vera.

Teniente coronel Jhon Fernando Huertas Gómez

El teniente coronel Huertas Gómez fue llamado a calificar servicios en abril de 2011. Ante esa decisión, el oficial interpuso una demanda de nulidad que le correspondió al Juzgado Segundo Administrativo de Descongestión de Bogotá, instancia que declaró nula la destitución de Huertas. El Juzgado ordenó el reintegro del teniente coronel Huertas a su cargo y el pago de los salarios desde el momento de su retiro hasta que se hiciera efectivo su reintegro.

Frente al recurso de apelación utilizado por la Policía para evitar el reintegro del teniente coronel Huertas, el Tribunal Superior de Cundinamarca confirmó en segunda instancia el fallo que ordenaba el regreso del uniformado a la institución.

La Policía Nacional, en respuesta, instauró una acción de tutela por vulneración al debido proceso. El 10 de septiembre de 2015, el Consejo de Estado revocó el fallo de primera instancia y volvió a repetir que el llamamiento a calificar servicios no requiere una presentación de motivos por parte de las Fuerzas Armadas que lo utilicen como mecanismo para el retiro de uniformados.

Mayor Fabián Mauricio Infante Pinzón

El 28 de diciembre de 2009, el mayor Infante Pinzón fue llamado a calificar servicios, motivo por el cual interpuso una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, ante el Juzgado Segundo Administrativo de Descongestión del Circuito de Facatativá. Esta instancia ordenó en marzo de 2013 el reintegro de Infante a su cargo como mayor, o a uno superior, y el pago de los salarios que había dejado de recibir durante su retiro.

Luego de que la Policía apelara la decisión, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó en segunda instancia el fallo del Juzgado, obligando el reintegro de Infante. La Policía acudió al recurso de la tutela para revisar el caso, frente al cual el Consejo de Estado se pronunció en mayo del 2015, dejando sin efectos la sentencia del Juzgado Segundo Administrativo de Descongestión del Circuito de Facatativá y poniendo en firme el retiro del mayor Infante.

Mayor Mario Suárez Lozano

Suárez fue llamado a calificar servicios el 10 de marzo de 2011, decisión que demandó ante el Juzgado Séptimo Administrativo de Descongestión de Manizales, el cual en 2013 ordenó el reintegro de Suárez en la institución. La medida fue aprobada el año siguiente por el Tribunal Administrativo de Caldas, considerando que el uniformado había realizado una buena labor dentro de la Policía, por lo cual no podía ser llamado a calificar servicios.

En marzo de 2015, luego de que la Policía Nacional instaurara una tutela, el Consejo de Estado revocó el fallo del Tribunal de Caldas y afirmó, como lo había hecho en varias ocasiones, que en casos de llamamiento a calificar servicios, las Fuerzas Armadas no deben exponer sus motivos para utilizar ese recurso.