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Sectores se oponen a la propuesta de convocar a un referendo para decidir sobre el matrimonio igualitario

Foto Procuraduría General de la Nación

La viceprocuradora Martha Isabel Castañeda exhortó al Gobierno para que radique un proyecto de referendo en el Congreso con el propósito de definir la suerte del matrimonio igualitario en Colombia.


El Defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora se declaró en contra de que se convoque a un referendo para definir el futuro del matrimonio igualitario en el país.

Según el funcionario, la Corte Constitucional tiene la competencia para decidir la aprobación del matrimonio igualitario, teniendo en cuenta que al haberse cumplido el plazo de dos años para que el Congreso legislara al respecto, sin que ello sucediera, existe dicha facultad.

“Cuando uno lee la sentencia, la Corte respetó la independencia y la competencia del Congreso, los exhortó para que legislaran, pasaron cuatro años y siguen desconociéndose unos derechos, tiempo en el cual la Corte puede entrar a hacer el reconocimiento de esos derechos, desde esa óptica considero que la Corte sí tiene competencia”, manifestó Otálora.

De otro lado, el director para las Américas de la ONG Human Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, coincidió en que debe ser la Corte Constitucional la que dirima la discusión sobre la figura de matrimonio para parejas del mismo sexo.

“El Congreso ha omitido cumplir con sus obligaciones al respecto y esta es una materia de tal importancia no solo para Colombia, sino para la región que no puede estar sujeta a una cuestión de mayorías y minorías. Quien debe proteger a las minorías en cualquier democracia justamente son las Cortes”, sostuvo Vivanco.

Finalmente, el abogado y activista LGBTI, Germán Rincón Perfetti dijo que los derechos de la población LGBTI no pueden ser sometidos a una consulta del constituyente primario.

“Las mayorías siempre aplastarán a las minorías razón por la cual los derechos humanos no pueden ser objeto de una consulta ciudadana como le acabo de decir a la señora Viceprocuradura y recordarle sus estudios de derecho para efectos de que la Procuraduría no haga un maquillaje religioso de sus posturas”, añadió.

La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-577 (2011), reconoció que las parejas del mismo sexo conforman familias. En la decisión la Corte señaló que el matrimonio entre parejas del mismo sexo no estaba prohibido en Colombia, pero dijo que debía ser regulado por el Congreso. Sin embargo el Congreso no legisló, y los jueces y notarios han tenido diversas interpretaciones de la sentencia.