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Testimonios de niños abusados sexualmente será prueba para emitir condenas

Foto AFP

La Corte Suprema advierte que deben prevalecer los testimonios de los niños víctimas de abuso sexual para emitir condenas por parte de los jueces. 

RCN La Radio conoció que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia advirtió que los testimonios de niños víctimas de abuso sexual en Colombia deben ser tenidos en cuenta por los jueces para emitir una condena contra los responsables.

El alto tribunal consideró que no se pueden desestimar los relatos de los niños víctimas de estos actos, cuando se quieran confrontarlos con pruebas técnicas contrarias que pueden llevar a la impunidad en este tipo de casos.

La Corte Suprema insistió en su jurisprudencia que por el hecho de que sea un menor de edad el relato recogido dentro de un proceso, no puede desconocerse por parte de los jueces la condición de víctima de los niños y las protecciones especiales que tienen dentro de la Constitución.

“Considera la Sala que, en los casos en los cuales sean menores las víctimas de la violencia sexual, estos principios adquieren una mayor relevancia y aplicación, es decir, la declaración de la víctima constituye una prueba esencial en estos casos y como tal tiene un enorme valor probatorio al momento de ser analizas en conjunto con las demás que reposan en el expediente”, señala la Corte Suprema.

De igual forma el alto tribunal con ponencia del magistrado Leonidas Bustos, indica que si bien el juzgador debe tener diferentes elementos para desestimar pruebas al momento de imponer una condena por estos hechos, debe valorar cuidadosamente el testimonio del menor agredido sexualmente, y siempre debe garantizar “el pleno respeto de los derechos de los niños víctimas y testigos de delitos, atendiendo al interés superior que desde la Carta se les prodiga”.

El pronunciamiento lo hizo la Corte Suprema de Justicia al conocer el caso de un hombre quien pese a los testimonios de la víctima, familiares y la psicóloga de una Comisaría de Familia, el juez decidió absolver a un hombre señalado de abusar sexualmente de un menor en zona rural del municipio de Pamplona, Norte de Santander.

Dentro de los argumentos que se habían presentado en el juicio para absolver al hombre abusador, es que el supuesto hecho de abuso sexual se dio por retaliaciones por un despido laboral ejercido por el hombre acusado y la mamá del menor acusado.

Para la Corte “esta conclusión de los juzgadores desconoce el interés superior del niño y la prevalencia de sus derechos fundamentales, garantizada por el artículo 44 Superior y que compromete a las autoridades públicas, no solo para prevenir toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica, sino para perseguir y sancionar conforme con la ley a quienes ejecuten tales comportamientos”.