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Advierten a empresas que contraten a discapacitados que no pueden exigir descuentos tributarios

La sala plena de la Corte Constitucional determinó que las empresas no pueden exigir una rebaja en los impuestos por contratar personas en discapacidad, pues la ley no contempla dichas exenciones.

El pronunciamiento lo hizo el alto Tribunal al avalar el proyecto de ley estatutaria que contempla ampliar los derechos y beneficios para la población con discapacidad, pero advirtió que la iniciativa no podía otorgar dicha exención por no estar contemplada en alguna ley.

Según la alta Corte, estos beneficios otorgados a las empresas que contraten a discapacitados, fue incluida porque así lo contemplaba un aparte del estatuto tributario, que fue declarado inconstitucional.

Además, el Tribunal Constitucional advirtió que no puede el proyecto de ley entregarle facultad al Ministerio de Hacienda para que entregue los descuentos tributarios, pues es sólo competencia del Congreso.

El resto de la norma fue dejada a salvo por la Corte, la cual deberá pasar a sanción presidencial. El proyecto de ley contempla ampliar varios derechos que goza actualmente la población discapacitada, y establece una serie de órdenes, como acabar con el analfabetismo de estas personas.