Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Advierten que no puede declararse ilegal una huelga cuando se da previo aviso

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia advirtió a los jueces del país que no pueden declarar ilegal una huelga cuando el empleador ha sido avisado previamente.

El pronunciamiento lo hizo la Corte Suprema de Justicia al revocar una orden judicial que declaró ilegal un cese de actividades, adelantado por uno de los sindicatos del SENA en las instalaciones de esa entidad estatal en Barranquilla, en 2009.

El Tribunal Superior de Barranquilla determinó que los miembros de Sindesena realizaron en la fecha señalada no una huelga, sino un cese de actividades, caracterizado por la interrupción intempestiva de las actividades, en búsqueda del respeto no de sus derechos laborales, sino en protesta por el trámite en el Congreso de la República de un proyecto de ley que pretendía eliminar los parafiscales.

Sin embargo, el alto tribunal estableció que en el caso de Barranquilla, los directivos del SENA de esa ciudad ya sabían del cese de actividades.

Según dictaminó la Corte Suprema, "no le es posible al juez laboral calificarla de ilegal, pues claramente se está frente a una actividad de las organizaciones sindicales que no puede ser afectada con una decisión que viabilice su desintegración, dado que está ligada al ejercicio de la libertad y del derecho de asociación que les confiere la Constitución y la Ley; una interpretación en contrario puede generar efectos adversos y consecuencias negativas que no se acompasan con la vigencia de un Estado Social de Derecho”.