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Las 'amantes' pueden acceder al 100% de la pensión de sus compañeros, según Consejo de Estado

Un fallo del Consejo de Estado abrió la posibilidad para que las compañeras extramatrimoniales permanentes o denominadas 'amantes' puedan quedarse con la totalidad de la pensión de sobreviviente de la esposa.

Según el fallo de este alto tribunal con ponencia del magistrado Gustavo Gómez, pese a los derechos que le otorga la normatividad a la esposa oficial de un hombre, no se desconoce la actividad que desarrolle la compañera permanente, aún más, si esa persona estuvo más tiempo y hasta el final de la vida con esa persona.

"En el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes, se tiene que es indiferente cualquier distinción que se realice en cuanto a la conformación de familia, puesto que lo realmente importante es el compromiso de apoyo afectivo, la comprensión mutua existente entre la pareja al momento de la muerte de uno de ellos y la convivencia efectiva", señala el fallo del Consejo de Estado.

Asimismo, considera en este caso, que es más importante la convivencia de la pareja al momento de la muerte que al vínculo matrimonial para indicar quién tiene el derecho a gozar de la pensión en caso de ausencia permanente del titular.

El caso particular fue conocido tras estudiar la situación de una mujer quien argumentó que fue compañera permanente de un señor hasta sus últimos días de vida y con quien tuvo 10 hijos.

Al fallecer esta persona la pensión de sobreviviente que otorga el Estado quedó en manos de la esposa anterior del titular, con quien tuvo 3 hijos y había sostenido una relación bajo la luz del matrimonio y durante esa relación su esposo sostuvo y se quedó con la otra mujer.

No obstante, las declaraciones y pruebas en este caso advirtieron que la esposa oficial abandonó el hogar con el hombre fallecido y posteriormente el titular de la pensión con quien estuvo hasta el final de la vida y por ello debe tener el derecho de acceder a este reconocimiento pensional en su totalidad.

"La compañera supérstite del pensionado fallecido, demostró con él su convivencia plena, permanente y singular, con el ánimo de conformar un núcleo familiar, pues además de que tuvieron 10 hijos, mantuvieron una cohabitación en la que estuvo presente su apoyo afectivo y comprensión de pareja, como si se tratara de un matrimonio", advierte la sentencia.