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C. Constitucional define si son uniones solemnes y no matrimonio para parejas del mismo sexo

La Sala Plena de la Corte Constitucional luego de 4 sesiones en debate y una de ellas aplazada, discutirá este jueves sobre si dejan en firme la sentencia C577 de 2011 que avaló las uniones solemnes de las parejas del mismo sexo en Colombia.

Esta ponencia que está a cargo del magistrado Jorge Pretelt acogería varios conceptos que analizaría las facultades establecidas para que los jueces puedan llevar a cabo este tipo de diligencias dentro del marco de las uniones solemnes y no bajo la figura del matrimonio advirtiendo que esta figura en la normatividad vigente está establecido para un hombre y una mujer.

Esta tutela que tiene varios acumulados, tiene también un recurso presentado por el procurador General de la Nación Alejandro Ordóñez, quien cuestionó las facultades de los jueces en estos actos advirtiendo que estarían faltando a sus funciones constitucionales al señalar que no pueden realizar este tipo de diligencias de uniones solemnes para parejas del mismo sexo.

La Sala Plena estudiará la ponencia del magistrado Jorge Pretelt, con base a una tutela que presentó el activista de la comunidad LGBTI, Luis Felipe Rodríguez Rodas, contra la Notaría Cuarta del Círculo de Cali que negó en el año 2013 la formalización de la unión solemne de una pareja del mismo sexo que requirió hacerlo bajo el término matrimonio.