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Consejo de Estado advierte que Ecopetrol deberá pagar impuesto de alumbrado público

El Consejo de Estado determinó que las empresas que administran oleoductos, como Ecopetrol, pueden ser sujetas del impuesto de alumbrado público que establezcan los municipios en donde están recibiendo el servicio parcial u ocasionalmente.

De acuerdo con la determinación del alto tribunal, aunque el paso de tubería en las jurisdicciones, en su mayor parte bajo tierra, es ocasional y los municipios han tenido el deber de suministrar el servicio de manera eficiente y oportuna, la empresa petrolera debería contribuir a su financiación para garantizar su sostenibilidad y expansión.

“La Sala aclaró que aunque el servicio de alumbrado público es un derecho colectivo que los municipios tienen el deber de suministrar de manera eficiente y oportuna, la colectividad tiene el deber de contribuir a su financiación para garantizar su sostenibilidad y expansión. Por tanto, el solo hecho de ser usuario potencial, receptor de este servicio, convierte a la empresa en sujeto del impuesto”, advierte el fallo del Consejo de Estado.

Dentro de la ponencia del magistrado Hugo Fernando Bastidas Bárcenas, se explica que además del Congreso de la República, los concejos municipales también pueden fijar los elementos del impuesto territorial según la ley.