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Consejo de Estado advierte que no se cobrarán cuotas moderadoras a pacientes con cáncer

La Sección Quinta del Consejo de Estado advirtió en una sentencia que no se pueden cobrar por parte de las Entidades Prestadoras de Salud las cuotas moderadoras a los pacientes de alto costo, como los que padecen cáncer en el país.

De acuerdo con la decisión del alto tribunal, las cuotas moderadoras requeridas por las entidades de salud no pueden ser una restricción para acceder a los servicios requeridos porque estaría afectando a los derechos al mínimo vital, a la salud y a la vida digna.

En la ponencia a cargo de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez, se advierte que con la decisión todos los ciudadanos deberán tener la posibilidad de acceder efectivamente a la atención en salud.

En la determinación se explica que aunque legalmente se deben exigir pagos moderadores y cuotas de recuperación por parte de las EPS, deberán ser exonerados de ese pago por parte del paciente en determinados eventos, como en el caso de las enfermedades catastróficas o de alto costo.

Puede la Sala concluir que, actualmente, el cáncer y algunos de los procedimientos que se requieren para su tratamiento, están catalogados como enfermedades o servicios de alto costo. Significa lo anterior que, aquellos pacientes que sean diagnosticados con dicha enfermedad pueden estar exentos del pago de cuotas para los tratamientos o servicios referidos en las normas transcritas”, señala la decisión.

Para el Consejo de Estado no puede haber este tipo de restricciones para las personas que padecen este tipo de enfermedades y por ello las entidades deberán evaluar los casos de los pacientes que tienen este tipo de obstrucciones para acceder a los servicios requeridos en su tratamiento.