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Consejo de Estado niega ponencia de tutela que favorecía al alcalde Petro y que frenaba su destitución

La Sala Plena del Consejo de Estado rechazó la ponencia del magistrado Guillermo Vargas, de la tutela interpuesta por el alcalde de Bogotá Gustavo Petro contra su destitución e inhabilidad proferida por la Procuraduría.

De acuerdo con la presidenta del Consejo de Estado, María Claudia Rojas, la ponencia fue negada porque el tribunal consideró que el Alcalde de Bogotá tiene un mecanismo diferente a la tutela para controvertir la decisión de la Procuraduría General de la Nación.

No obstante, la magistrada Rojas aclaró que de la tutela presentada por Petro se falló únicamente sobre la ponencia, y que el mandatario no tiene que abandonar por ahora el cargo porque -según la presidenta de la Corporación-, al Alcalde de Bogotá lo cobija todavía una jurisprudencia radicada en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

"No podría decir que la tutela fue rechazada, simplemente el proyecto fue negado, fue derrotado y hay que esperar la nueva ponencia del consejero a quien le correspondió", afirmó la Presidenta del Consejo de Estado.

Y de inmediato, agregó: "La tesis para haber negado este recurso (de la tutela) es la existencia de otro medio de defensa judicial idóneo contenido en el Código Contencioso Administrativo, que además contempla las medidas cautelares de una forma mucho más amplia para el juez".

Es decir, según explicó la magistrada Rojas, a Petro le correspondía presentar una acción de nulidad (una demanda normal) a la sanción que le impuso el Ministerio Público.

La ponencia que favorecía al mandatario distrital no logró convencer a los magistrados, quienes decidieron dar la razón al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que ya la había negado al alcalde Petro y había dado la razón a la Procuraduría: que el Ministerio Público tiene facultad para investigar a los funcionarios elegidos por voto popular.

"Como punto que quedó claro es la competencia que el Consejo de Estado le reconoce al señor Procurador General de la Nación para la investigación disciplinaria de los funcionarios elegidos popularmente", aseguró la magistrada.

La votación fue descrita con 14 en contra y 11 a favor. En consecuencia -señaló Rojas- se deberá presentar una nueva ponencia sobre la misma tutela del alcalde Petro y, en este caso, el corresponde al magistrado Alfonso Vargas Rincón.

"El Alcalde no se tiene que ir, hay que esperar la próxima ponencia que presente el magistrado a quien le ha correspondido, quien deberá recoger la posición mayoritaria y él tendrá la discrecionalidad de incorporar en su ponencia lo que él considere", agregó la magistrada María Claudia Rojas.

La Presidencia del Consejo de Estado también aclaró: "(El Tribunal) tomó la decisión de no acoger la ponencia que revocaba la decisión de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca (TAC) que rechazaba la tutela interpuesta por el alcalde Gustavo Petro. Esto significa que al ser derrotada la ponencia pasa a la persona que le sigue en turno, quien deberá elaborar un nuevo proyecto que será estudiado nuevamente por la sala plena del contencioso administrativo".

Esta tutela del alcalde Gustavo Petro ya había sido rechazada por el TAC por ser improcedente. Según el magistrado Samuel Ramírez, una tutela no era el recurso que debía presentar el mandatario.

La defensa de Petro había radicado la impugnación de su propia tutela ante el Consejo de Estado, la cual fue la primera de 32 de estos recursos analizadas en el Alto Tribunal, por lo que el proceso no termina todavía.

Sin embargo, la magistrada Rojas aclaró que era necesario estudiar por separado la tutela del mandatario distrital a las otras 32, que podrían ser unificadas.

"La Sala Plena consideró que los derechos del alcalde presuntamente vulnerados no eran los mismos derechos de las personas que interpusieron esa serie de tutelas (…) la idea es que el fallo que el Consejo de Estado profiera marque una directriz para las otras tutelas que se han acumulado", aclaró Maria Claudia Rojas.