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Fiscal General expresó total respaldo a la adopción por parte de parejas del mismo sexo

El fiscal general, Eduardo Montealegre, dio un espaldarazo a la adopción por parte de parejas del mismo sexo y pidió a la Corte Constitucional ir más allá y reconocerles las expresiones “<i>cónyuge” y “compañero permanente</i>”.

Después de estudiar a fondo el marco normativo sobre la adopción en Colombia, el Señor Fiscal General de la Nación encontró que la imposibilidad de que parejas homosexuales adopten conjuntamente a un menor, o puedan adoptar al hijo o hija de su compañero o compañera permanente genera un déficit de protección constitucional, lo cual desconoce la Constitución Política de 1991 según la cual, el Estado debe proteger a la familia y el derecho fundamental de los niños y niñas a tener un hogar”, dijo el fiscal a través de un comunicado.

El fiscal sostuvo que, por ejemplo, de no permitirse en todos los casos la adopción por parte de personas del mismo sexo, se llegaría al absurdo de que los hijos o padres o madres de crianza estarían obligados a declarar en contra de los miembros de su familia, sin que les apliquen las garantías procesales consignadas en el Código de Procedimiento Penal referentes a la no obligatoriedad del ciudadano de declarar contra sí mismo, su cónyuge, sus hijos, padres o hermanos.

Esta posición fue fijada por el fiscal general en el marco del debate sobre la posibilidad de que parejas conformadas por personas del mismo sexo adopten menores de edad en nuestro país.

Para la Fiscalía es claro que la falta de reconocimiento del parentesco civil que tienen las familias conformadas por parejas del mismo sexo en las circunstancias de agravación punitiva conlleva una grave desprotección del interés superior del niño y de la familia.

Así por ejemplo, el artículo 200 n. 3 del Código Penal prevé la agravación punitiva del delito de violación de los derechos de reunión y asociación que concede la normatividad laboral cuando se ejecute mediante la amenaza de causar la muerte, lesiones personales, daño en bien ajeno al trabajador o a sus ascendientes, descendientes, cónyuge, compañero o compañera permanente, hermano, adoptante o adoptivo, o pariente hasta el segundo grado de afinidad”, señala el comunicado del fiscal Montealegre.

Finalmente el Señor Fiscal General de la Nación recalcó que en el marco del Estado Social de Derecho, los derechos de los niños son fundamentales.

Y más aún, es protagónica la garantía constitucional a tener una familia, en el entendido de que la familia no solamente es indispensable para el ejercicio de otros derechos constitucionales, sino que además, es idónea para que, los niños y niñas puedan tener un desarrollo armónico e integral”, agregó.