Ordenan al Gobierno incluir a víctimas de las Bacrim en registro de desplazados
La Corte Constitucional ordenó a la Unidad de Víctimas de la Presidencia incluir a las personas que han sido afectadas por las denominadas bandas criminales, sin ningún tipo de limitación.
3 Jul 2013 - 03:06 pm
Dice la decisión del alto tribunal constitucional "ordenar Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, que adopte las medidas que sean necesarias para asegurar que de manera inmediata se inscriba en el Registro Único de Víctimas a la población que se ve forzada a desplazarse" por las Bacrim.
Agrega la decisión que la medida se toma con el fin de que se acceda de manera urgente e inmediata a las medidas de protección, asistencia y atención en tanto población desplazada por la violencia, desde el momento mismo del desarraigo hasta alcanzar la estabilización socio-económica por medio del retorno o la reubicación.
"Esta orden se debe implementar de manera inmediata e ininterrumpida, a partir del momento de su comunicación", señala la Corte Constitucional.
La Corte también ordena a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas que adopte en el plazo de dos (2) meses contados a partir de la comunicación, un manual de valoración para que todos los funcionarios cuenten con los mismos criterios en el momento de decidir acerca de la inclusión o no inclusión de la población desplazada por la violencia.
Igualmente se pide a la Procuraduría realice un seguimiento a los tiempos de recepción, valoración y notificación de las solicitudes de inclusión en el Registro Único de Víctimas.