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Presidente necesitaría de nuevas facultades para eventual concentración de Farc

Aunque el Gobierno analiza la posibilidad de acoger la propuesta de zonas de concentración para guerrilleros al final del Proceso de Paz, como lo ha venido defendiendo el uribismo, la iniciativa tendría que superar algunos inconvenientes jurídicos.

En primer lugar, al interior del Gobierno se estudia si ese planteamiento abriría la puerta para el surgimiento de 'zonas de despeje disfrazadas', las cuales están prohibidas por la ley 418 (de orden público) que es la norma sobre la cual se sustentan los diálogos de La Habana.

En segundo lugar, esa ley sólo le otorga facultades al Presidente de la República para suspender las órdenes de captura de los negociadores de las Farc, más no para suspender la de todos los guerrilleros que eventualmente se concentren en sitios específicos del territorio nacional.

Así las cosas, según ha conocido RCN La Radio, sería obligatorio adelantar en el Congreso una reforma a la ley de orden público que le otorgue nuevas facultades al Presidente para levantar las decisiones judiciales que existen contra los subversivos y en la que claramente se establezca que las zonas de concentración no se entenderán como zonas de despeje.

El tema de la concentración de guerrilleros al final del Proceso de Paz está avanzando al interior del Gobierno Nacional.

En el Congreso también habría disposición de reformar la ley 418 en caso tal de que haya una decisión formal al término de las negociaciones de destinar zonas para la concentración de las Farc con verificación internacional.