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Procuraduría pide avalar sanciones a quienes no realicen prueba de alcoholemia

La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional que declare exequible la noma que contempla las sanciones para los conductores que no permitan la realización de las pruebas físicas o clínicas para determinar el grado de alcoholemia que tiene.

De acuerdo con el concepto emitido por el Ministerio Público, sancionar a quienes no se dejen realizar la prueba de alcoholemia no es contrario a la Constitución de Colombia.

"Tanto el derecho de defensa como la presunción de inocencia y la garantía de no autoincriminación permiten al procesado adoptar conductas de abstención (no hacer), pero no de obstrucción (no dejar hacer), y si bien la Corte Constitucional ha señalado que el investigado no tiene deber de colaborar con la administración de justicia cuando esto implique la posibilidad de autoincriminarse, ello debe distinguirse del deber de permitir el recaudo probatorio", advierte el concepto de la Procuraduría.

Este documento fue enviado por el Ministerio Público tras conocer las múltiples demandas que existen en el Alto Tribunal contra los artículos 5 y 8 de la Ley 1696 de 2013, que pretenden tumbar las sanciones a quienes manejan bajo los efectos del alcohol.

Frente a la retención de las licencias de conducción a quienes sean sorprendidos borrachos, la Procuraduría advierte que esta medida debe ser cautelar y transitoria, más no debe retenerse de por vida, puesto que podría tener una afectación a quien está siendo procesado en estos casos.