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Tribunal admitió tutela que obligaría al nuevo Presidente a continuar con diálogos

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió para su estudio una tutela que busca que a través de una orden judicial se obligue al presidente que resulte electo en los próximos comicios, seguir con los diálogos de paz que se adelantan en La Habana (Cuba) con la guerrilla de las Farc.

RCN La radio conoció en primicia que la tutela fue instaurada por el abogado Germán Calderón España y el estudio de la tutela estará en manos de la magistrada Amparo Oviedo Pinto, quien decidió "avocar el conocimiento de la presente acción".

En la tutela se sustenta, entre otros argumentos, sobre la base de que la paz es el fin por el cual se concibió la constitución de 1991, además de ser un valor y un deber estatal.

"Por inminente vulneración a mi derecho humano, constitucional y fundamental a la paz, consagrado en el preámbulo de nuestra Constitución Política de Colombia, como también en los artículos 2, 22 y 188 de la misma carta magna, y a fin de lograr por parte del juez constitucional una orden judicial para que independientemente de quien sea el Presidente de la República de Colombia elegido para el periodo constitucional para los próximos 4 años (2014-2018), continúe con los diálogos de paz que se celebran en La Habana, Cuba, entre el Gobierno Nacional y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Farc", plantea la tutela.

Según la tutela, la Corte Constitucional en Sentencia C -579/13, que declaró exequible el proceso de justicia y paz, ha sostenido que la Constitución Política de 1991 fue concebida por sus gestores como un tratado de paz y por ello un candidato con potencial de ser Presidente de los colombianos, no puede violar ese tratado.

El abogado Calderón España en la tutela Indica: “si ese fue el fin principal de la Carta de 1991, no puede un candidato, una vez sea elegido, dar por terminado un proceso que va dirigido a lograr el cumplimiento de ese deber estatal”.

El autor de la tutela señaló al Tribunal que el perjuicio es inminente, porque si el juez constitucional no ordena al candidato que resulte elegido como Presidente de la República de Colombia para el periodo constitucional 2014-2018 continuar con el proceso de paz, se producirá un perjuicio irremediable indefectiblemente.

"Dicho perjuicio consiste en la continuidad de la producción de víctimas dentro del conflicto armado en Colombia, la vinculación a dicho conflicto de menores de edad y mujeres, la producción y comercialización para un futuro consumo de drogas ilícitas por parte de nuestros jóvenes, la extorsión, el secuestro, el desplazamiento forzado, entre otros delitos que han afectado a la población civil por más de 50 años", señala la tutela.

El Tribunal de Cundinamarca dio un plazo de 48 horas para que los cinco candidatos presidenciales, tras ser vinculados de oficio a este caso “alleguen (al despacho) la documentación correspondiente que aclare la situación fáctica y jurídica en el asunto que se estudia”.

El Tribunal ordenó notificar personalmente a la autoridades, demandas como son en este caso: el Presidente de la República y el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

"Como quiera que los sucesos que dan cuenta el escrito de tutela tiene relación con el ámbito de conocimiento de los doctores Óscar Iván Zuluaga, Enrique Peñalosa, Marta LucÍa Ramírez y Clara López, en su calidad de candidatos presidenciales para las elecciones presidenciales del periodo 2014 a 2018, se considera procedente vincularlos al trámite de la presente acción de tutela y por ende, se dispondrá su notificación, la que se realizará en sus respectivas sedes de campaña", agrega la decisión del Tribunal.

Auto Tutela Proceso Paz by Diego Morales