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Fiscalía General pide cambios en la política carcelaria del país

El vicefiscal general, Jorge Fernando Perdomo, aseguró que la política penitenciaria en Colombia debe estar enfocada a la prevención del ingreso de personas a los penales y no solamente en recluir a quienes han cometido delitos.

Perdomo indicó que la situación en las cárceles de Colombia es una verdadera "bomba de tiempo" que puede explotar en cualquier parte del país.

"Es muy importante construir cárceles, pero no es la única solución. Tampoco soltar la gente de las cárceles e implantar medidas de hacinamiento. Esa es una solución, pero no es la única. Lo importante es cómo evitar que la gente ingrese a los reclusorios", enfatizó el Vicefiscal General.

Las declaraciones de Perdomo fueron entregadas a propósito de la tragedia ocurrida en una prisión de Barranquilla (Atlántico) donde murieron diez personas asfixiadas e incineradas durante un motín.

Para el funcionario la construcción de cárceles jamás será suficiente si se encuentra que en el país la población carcelaria ha ido creciendo en un 50 por ciento durante los últimos dos años y señaló que así nunca habrá unas condiciones dignas para las personas reclusas en el país.

"Se trata de humanidad, de razones de garantía de los derechos fundamentales de los delincuentes. Los que delinquen también tienen derecho a que se les respeten los derechos fundamentales", explicó el Vicefiscal.

"Los problemas de hacinamiento se presentan en todas las ciudades del país. Por ejemplo, en la Modelo de Bogotá hay capacidad para alrededor de 2000 personas y tiene más de siete mil personas reclusas. Eso sin contar la población de los fines de semana cuando se realizan las visitas. Aproximadamente tres personas por interno. Habría alrededor de 20 mil personas en la cárcel durante el fin de semana", añadió Perdomo.

Agregó que en la Fiscalía, la instrucción que tienen todos los funcionarios es que utilicen excepcionalmente el recurso de privar de la libertad a las personas y que sean estrictos en que la detención preventiva únicamente debe ser empleada cuando convergen los requisitos exigidos por la Constitución.