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Alerta por venta de lentes de contacto en Bogotá sin registro Invima

Foto: Ingimage



La Secretaría de Salud de Bogotá advirtió a los bogotanos para que no compren lentes de contacto sin el registro sanitario otorgado por el INVIMA, ya que estos pueden generar riesgos a la salud visual y ocular de los ciudadanos por su uso.

Infecciones como conjuntivitis, lesiones de la córnea, síndrome de ojo seco y pérdida de la agudeza visual, son algunas de las afecciones a la vista que pueden generar estos dispositivos.

En ese sentido, la Secretaría de Salud pide a la comunidad tener en cuenta las siguientes recomendaciones a la hora de adquirir estos productos:

1. Los lentes de contacto debe contar con un registro sanitario que es otorgado por el INVIMA. Sin este registro, no se pueden garantizar las condiciones de almacenamiento y adaptación al ojo humano.

2. Al ser un artículo de uso personal, los lentes de contacto NO se alquilan, ni pueden ser usados por otras personas, ya que aumentan la posibilidad de adquirir los problemas de salud antes mencionados.

3. Los únicos establecimientos que pueden vender lentes de contacto son las ópticas con consultorio, ya que dentro de sus requerimientos de funcionamiento deben contar con profesionales en optometría, especializados en adaptar lentes.

Durante el año 2017, la SDS realizó operativos de inspección y vigilancia a 1.139 establecimientos que ofrecen este tipo de servicios encontrando que el 43.5% tuvo concepto favorable; el 37.1% tuvo concepto favorable con requerimiento y 17.9% desfavorable,que pueden derivar en procesos sancionatorios o con medidas sanitarias como decomisos, clausuras, suspensión de actividades.

En la inspección se verifica que las ópticas tengan la habilitación del servicio. Además, se verifica que los equipos biomédicos cuenten con un mantenimiento adecuado y que el optómetra que esté prestando el servicio de consulta, sea la misma persona a quien se le otorgó la habilitación.

En materia de infraestructura, la SDS verifica que el establecimiento cuente con un área negra y un área gris físicamente separadas. El área negra corresponde a las zonas de dispensación y recepción de dispositivos médicos y el área gris las zonas de control de calidad y de almacenamiento de los dispositivos.

En cuanto al recurso humano, el establecimiento debe contar con un director científico, quien debe ser profesional de la salud con título de formación académica en optometría u oftalmología. En este procedimiento también se verifica que exista el certificado de estudios del personal encargado y que, del mismo modo, se estén diligenciando las planillas de control de calidad correctamente, las cuales deben contener: