Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Gobierno fortalece el financiamiento del sector Salud

(Foto: RCN La Radio)



El presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó ayer la Ley 1797, con la cual dispone el uso de diferentes recursos financieros para cubrir las necesidades que tiene actualmente el régimen de Salud, en especial con la cobertura del servicio y procedimientos que no están cubiertos en el Plan Obligatorio de Salud (no POS).

Dentro de las nuevas medias se contempla, entre otras, la destinación de los impuestos recaudados por conceptos de loterías, juegos, apuestas permanentes y licores, para pagar deudas de servicios (no POS), en el régimen subsidiado, que actualmente ascienden a 800.000 millones de pesos.

Además, la legislación también permite utilizar los dineros de regalías para financiar servicios no POS, para pagar deudas del régimen subsidiado por contratos suscritos antes del 31 de marzo de 2011, y para capitalizar y sanear las EPS en las que participe la entidad territorial, esto significa que por ejemplo, Savia Salud (Antioquia), Capital Salud (Bogotá) y Capresoca (Casanare) podrían encontrar solución a sus crisis gracias a esta fuente de recursos.

Esta norma da nuevas herramientas a la Superintendencia de Salud para tener un mayor control, como por ejemplo, le da la facultad de prohibir la venta de activos de las EPS que tengan medidas especiales. Con lo cual, se evitará que las entidades con problemas financieros vendan sus activos para eludir el pago a sus acreedores.

Asimismo, este órgano de control tiene un plazo de dos años para crear una línea de atención al usuario, gratuita y que funcione las 24 horas, con el fin de atender las quejas, reclamos y peticiones que los colombianos tengan en referencia al servicio de salud que están recibiendo.

Otro punto clave de esta Ley obliga a los actores del sistema a depurar y conciliar permanentemente sus cuentas con el fin de que no se acumulen los montos y se tenga claridad en los costos que se tienen que pagar entre acreedores y deudores.

Igualmente, cita el documento que "se pueden condonar deudas del régimen subsidiado que los municipios más pobres tengan con el Fosyga, y se crean créditos blandos con tasa compensada con recursos de la Nación, sujetos a disponibilidad presupuestal".

En este capítulo también fueron incluidos incentivos para instituciones acreditadas y para aquellas que sean eficientes en su contratación.