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¿Cómo son las cámaras que multan en los semáforos?
¿Cómo son las cámaras que multan en los semáforos?
Foto: Colprensa

Luego de que el Ministerio de Transporte diera a conocer la nueva reglamentación para la instalación de cámaras de fotomultas en el país, esta misma entidad detalles de la normativa que regirá este nuevo decreto, el cual empezó a operar desde el pasado 22 de marzo.

De acuerdo con esta cartera, lo que se busca es que se acabe el “negocio” de algunos operadores privados y que estos dispositivos cumplan una función preventiva y no sancionatoria, como se viene haciendo hasta el momento.

Deberán estar plenamente señalizadas

El viceministro de Transporte Andrés Chávez aseguró que tras la promulgación del Decreto 718 del 22 de marzo de 2018, las fotomultas deberán ubicarse con el fin de disuadir a los conductores de poner su vida en peligro conduciendo de forma riesgosa y no de únicamente sancionarlos.

“Los medios tecnológicos utilizados para la detección electrónica de infracciones de tránsito, como cámaras y radares, deberán ser visibles 500 metros antes de su ubicación en las vías nacionales y estar identificados para los conductores (...) además estarán ahora ubicadas en las zonas identificadas con mayor índice de accidentalidad, para que ayuden en la tarea de prevención de accidentes viales”, dijo el funcionario.

Cifras del MinTransporte reportaron que en los últimos ochos años se impusieron más de siete millones de foto-comparendos en Colombia y que “solo en enero de 2018 hubo 88.617 infractores sancionados con este dispositivo”. Medellín (1.848.519), Bogotá (881.430), Cali (862.717) y Barranquilla (649.874) son las ciudades con mayor índice de conductores sancionados mediante las cámaras de detección.

Privados no podrán cobrar más del 10% de lo recaudado por fotomultas

Esta entidad también reglamentó el cobro se que podrá realizar por parte de los operadores privados que generalmente operan estos sistemas y aseguró que, por ejemplo, no podrán recibir una remuneración superior al 10% de lo recaudado mediante los sistemas de fotodetección.

“El Ministerio de Transporte será quien dé la autorización para la instalación de los dispositivos después de que la autoridad de tránsito presente un estudio de viabilidad técnica avalado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en donde especifiquen los criterios de ubicación del dispositivo”, dijo el ViceTransporte.

Información conocida por RCN Radio y La FM da cuenta de que actualmente los operadores de los sistemas de fotomultas cobran hasta el 50% de los recaudos que realizan. Aunque los contratos ya suscritos serán respetados, el Ministerio de Transporte aseguró que el Decreto 718 acabará con esta práctica a futuro.

Los conductores tendrán 11 días hábiles para apelar los fotocomparendos que les impongan

Luego de que el infractor sea sancionado, la autoridad de tránsito tendrán tres días hábiles para notificarlo y a su vez éste contará con 11 días más para comparecer (física o virtualmente), con el fin de que se determine si hubo alguna irregularidad en la fotodetección.

“Si es un punto de detección fija para controles de velocidad en las vías nacionales, se tiene la obligación de señalizar con una antelación de 500 metros (...) para otro tipo de vías e infracciones, se deben instalar avisos de zonas con monitoreo electrónico”, dijo El viceministro de Transporte Andrés Chávez.

Esta entidad fue enfática en manifestar que de ahora en adelante siempre deberán existir señales y avisos visibles que informen al ciudadano de la detección electrónica y que dependiendo del tipo de detección, la señalización puede variar”. 

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