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En Bogotá hay aproximadamente 1.800 bicitaxis en circulación.
Colprensa

El ministerio de Transporte dio a conocer que ya está listo el borrador de una resolución con la que se regulará a los bicitaxis y mototaxis en el país, que en adelante pasará a ser un servicio público.

Entre los diferentes requisitos que exigirá la resolución se encuentra que los conductores deben tener licencia de conducción C1 y recibir una capacitación especial. De igual forma, los vehículos deben ser de pedal o pedaleo asistido de manera eléctrica, y cada seis meses tendrán que pasar por una revisión y mantenimiento preventivo.

El proyecto también pretende que los conductores estén vinculados a una empresa de transporte, contar con tarjeta de operación, seguro de protección a terceros, entre otras.

Para la implementación de la norma, cada municipio deberá hacer un estudio para determinar las zonas en las que los bicitaxis pueden operar.

Según el Ministerio de Transporte, el propósito de la resolución es integrar este servicio al sistema de transporte de cada ciudad, permitiendo el acceso principalmente a los lugares que no tengan cobertura de buses.

En el caso de Bogotá, por ejemplo, estará unido al Sistema Integrado de Transporte y funcionaría a manera de alimentador. De igual forma, se dará prioridad a los bicitaxis para funcionar en lugares turísticos, lugares culturales o de preservación arquitectónica.

Se regularán las tarifas y operará mediante una aplicación tecnológica creada por MinTransporte y MinTIC, en la cual se registrarán todos los viajes, quejas y datos del conductor.

Llegado el caso de que un municipio no considere necesario mantener el servicio de bicitaxis, deberá buscar alternativas laborales para cada una de las personas que a diario trabajan en esta modalidad.

En Bogotá hay un aproximado de 1.800 bicitaxis en circulación, en los que se transportan cerca de 120.000 personas, según cifras manejadas por la Veeduría Distrital.

La resolución actualmente se encuentra en proceso de revisión, en el que es posible que se realicen modificaciones al mismo. Una vez sea firmado por las respectivas autoridades, entrará a regir un año después.

Fuente

Sistema Integrado Digital

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